Universalismo de los derechos fundamentales y multiculturalismo

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AutorLuigi Ferrajoli
CargoProfesor de filosofía del derecho en la Università degli Studi Roma Tre
Páginas35-45
35
ius 22 | otoño 2008
* Agradecemos al autor su amable autorización para publicar este texto, que corresponde a la conferencia
impartida en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam el 30 de octubre de 2007. Traducción de
Modesto Saavedra. Con ligeras variantes, el texto ha sido también publicado en el Boletín Mexicano de
Derecho Comparado, nueva serie, año xli, No. 122, mayo-agosto 2008, en versión de Miguel Carbonell.
** Profesor de filosofía del derecho en la Università degli Studi Roma Tre.
resumen
El autor sostiene que, para que sea compatible
con el multiculturalismo y el respeto de las di-
ferencias culturales, la tesis de la universalidad
de los derechos fundamentales —y su corolario
de la igualdad— ha de ser entendida, no en un
sentido sustancial ni sociológico o cultural,
sino en un sentido lógico y puramente formal:
como cuantificación universal de los titulares
de los derechos. Es más, entendida así, la uni-
versalidad e igualdad de los derechos funda-
mentales representan la principal garantía de
las diferencias culturales reivindicadas por el
multiculturalismo. Y ello porque los derechos
fundamentales, atribuidos a todos y cada
uno por igual, protegen al individuo contra
todos los demás y particularmente al más dé-
bil contra la ley del más fuerte que regiría en
ausencia de los mismos. En opinión del autor,
la razón que justifica la estipulación jurídica
de los derechos fundamentales no está en la
idea ontológica y cognitivista de la naturaleza
moral del hombre, ni en la unidad moral del
género humano, sino en la opuesta de la falta
de esa unidad, así como en la naturaleza no ya
moral, sino amoral o inmoral del hombre, sobre
todo de los hombres que detentan el poder.
Palabras clave: universalidad de los derechos
fundamentales, igualdad de derechos, diferen-
cias culturales
abstract
The author maintains that in order for the the-
sis of the universality of fundamental rights —
and its corollary of equality— to be compatible
with multiculturalism and respect for cultural
differences, that thesis must be understood
not in a substantial, sociological or cultural
sense, but rather in a logical and purely formal
sense: as universal quantification of the right-
sholders. What is more, understood in this way,
the universality and equality of fundamental
rights represent the main guarantee of cultural
differences claimed by multiculturalism. And
that because fundamental rights, attributed to
each and everyone equally, protect the individ-
ual against all the others and particularly the
weakest against the law of the strongest that
would rule in their absence. In the author’s
opinion, the reason that justifies the legal
stipulation of fundamental rights does not lie
in the ontological and cognitivist idea of the
moral nature of man, nor in the moral unity of
mankind, but in the opposite idea of the lack
of such unity, as well as not in the moral, but
in the amoral or immoral nature of man, above
all of men who wield power.
Key words: universality of fundamental rights,
equality of rights, cultural differences
universalismo de los derechos fundamentales
y multiculturalismo*
UNIVERSALISM OF HUMAN RIGHTS AND MULTICULTURALISM
Luigi Ferrajoli**

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