De las Unidades Administrativas Especializadas

AutorJosé Pérez Chavez - Eladio Campero Guerrero - Raymundo Fol Olguin
Páginas388-391

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ARTÍCULO 90

Unidades administrativas especializadas del Tribunal

El Tribunal contarácon las siguientes unidades administrativas especializadas, las cuales estarán adscritas al Presidente:

I. Dirección General del Centro de Estudios;

II. Dirección General de Comunicación Social; y

III. Unidad de Asuntos Jurídicos.

ARTÍCULO 91

Competencia del Director General del Centro de Estudios

Corresponde al Director General del Centro de Estudios:

I. Elaborar, proponer y ejecutar los programas permanentes de capacitación para los servidores públicos del Tribunal, así como los de especialización y actualización en las materias de su competencia;

II. Coordinar, compilar y dar seguimiento a los trabajosy compromisos del Congreso Anual de Magistrados del Tribunal, en los términos que señale la Junta;

III. Dirigir y coordinar la impartición de cursos, conferencias, congresos y seminarios conforme a los programas autorizados, así como formular las convocatorias y contenidos temáticos correspondientes;

IV. Promover la investigación, enseñanzay difusión de las materias fiscal y administrativa, y participar con las unidades administrativas competentes del Tribunal, en la celebración de convenios con instituciones públicas y privadas, para tal efecto;

V. Gestionar el reconocimiento de validez oficial de los estudios que imparta el Centro de Estudios;

VI. Expedir, conforme a las normas establecidas, los documentos que acrediten los grados académicos correspondientes a los estudios que imparta el Centro de Estudios;

VII. Proponer y coordinar el otorgamiento de los premios y reconocimientos académicos aprobados por la Junta;

VIII. Promover la obtención de becas en instituciones educativas para el personal profesional del Tribunal y someter a la autorización de laJunta, las reglas y procedimientos para su otorgamiento;

IX. Promover y coordinar acciones, en el ámbito de su competencia, con otros organismos impartidores de justicia, para el logro de sus objetivos;

X. Actualizar, ordenar y conservar el acervo documental, bibliográfico, he-merográfico, videográfico y audiovisual de las Bibliotecas y permitir su consulta;

XI. Dirigir y supervisar las librerías del Tribunal, así como la publicación, distribución yventadeobrasjurídicas especializadas en dichos establecimientos;

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XII. Elaborar, proponer y aplicar los lineamientos para determinar la integración, contenido...

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