Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/40/2019. Se fija la Jurisprudencia N° VIII-J-SS-121

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Jurisdiccional 314
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/40/2019
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VIII-J-SS-121
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 77 de
la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
y 17, fracción II, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de
Justicia Administrativa, al haberse resuelto la contradicción
de sentencias 3334/18-10-01-5/YOTROS2/31/19-PL-07-01,
el 4 de septiembre de 2019, por unanimidad de 11 votos a
favor, se ja la jurisprudencia N° VIII-J-SS-121, bajo el si-
guiente rubro y texto:
CÉDULAS DE LIQUIDACIÓN DE CUOTAS OBRERO
PATRONALES. LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 30
DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL ESTÁ CONDI-
CIONADA A CÓMO ES INTEGRADO EL SALARIO
BASE DE COTIZACIÓN. La base gravable de las
cuotas es dicho salario, el cual puede integrarse con
elementos jos, variables o mixtos, así, las tres frac-
ciones del referido artículo 30 prevén su integración
cuando comprende elementos diferentes a los jos,
es decir: 1) Si el trabajador percibió además regular-
mente otras retribuciones periódicas de cuantía pre-
viamente conocida; 2) Si por la naturaleza del traba-
jo, el salario se integró con elementos variables que
no puedan ser previamente conocidos, o 3) Si el sa-
lario se integró con elementos jos y variables. De
modo que, si en la cédula el salario, se integra solo

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