Tratado académico forense de los procedimientos judiciales. Tomo II. Parte 20

Páginas514-538
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,
pe~juicio
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· ,
per-
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·
per:tene
.
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en
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en
el
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cuy0s
-.,
linde.ros
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como
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debida
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que
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R
...
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espresado D. R ... la
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i-
dó,
como
sucedió
en
efecto; reteniend~la
en
.
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p.o¡ler
hásta
el
tiempo
de
. su fallecimiento,. y,
qµe
mi
,
re
_pre,sentad·o ;
es
,
,el
único sucesor
de
su padre,
como
lo
espresó este
as
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en
su
testamentO
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de
la
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·
de.
defunci.0:n, que no;te-
nia ·
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.
vecind tambien.
de
esta
villa, d
e'
la
menor edad, ,
en
· que. se
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Haba
mi
representado, sin título
nin
guno legítimo
se
.,
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de
.Ja
·,
espresada viña y'
la
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Varias
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,
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mi
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, y siendo ineficaces
se
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visto
en
Ja
,
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de
·
de
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acto
de
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'
para ,q1u,e
su
derecho
séa
res-
petado;
mas
como
'IIÓ
haya
habfüo' 1
ave
'n'encia' segun consta
de
la
certificacion adjunta que
en
de
bida
forma
tambien
presento, para que cesen
los
-perjuicios que á
mi
parte
se
ocasiona11
ii'ndebidamtinte ,1
s!')
. vie
en
,
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preti1¡io
,
I)
e ªcudir
á
la
autoridad judicial,
en
la
seg-uridad
de
obtener comple-
ta
' justicia.
Al
efecto y
en
cump+i-miento
de
lo
que
la
·
ley
pre-
viene presenta
los
siguientes hechos: · ·
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Que
la
viña
de
que
se trata
fué
comprada
po
'r
don
R.
:. á D. F ... segun
apá:vece
de la ,es~ritura que acompaño,
autorizada
en
...
ante
el
escribano D... ·
2.º Que
D.
R ...
po~eyó
Ja
viña,
,
en
el resto
de
su vida.
5.º Que 'por
la
muerle'
de
D. R ...
1a
viña
pasó
á
su
hijo
único y sucesor único tamhren D. L ... padre
de
mi
re
pre.:.
sentado, segup aparece
del
testamento y
de
defuncion,
del
espresado D ... ,q,
qa
,
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es
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4.º Que D. L .. ;
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s
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esta finca
corno
s
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su
fallecimiento. .
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odesees;
y que para
la
custodia y conservacion
de
l -
depó~~to
;
ha
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e·-
~ido
qne hacer
ga§~?s
~e
coosid,~fac
ion
importantes
la
can-
tidad
...
co~o
re
suf
ta,
d-e
la cuenta· detallada y justifica- ·
da
que
en
debida
forma
presento. Restituido á.
este
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S
...
mi
repr
esériia
'att ·1~" entregó -
in
ilie
diá
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/i
los
frutos
y muebles qué
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tanta
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ge
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,
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el
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ep.
-
de
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go
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las obligaciones.
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1
1•
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·,
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al presenlar1l,e: '
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,
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,,
para,
ser
iúdemnfaado¡ de-l1
os
·,1
gas:fo
s
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en
su provechó
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;
se
'l'liega
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siendo inútil
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•,
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ci;mciliacfon
.,
parat corisegui,1h
la
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_
e-
nencia. (Aquí,
los
hech
ds
,'
y
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'
{uiirlarnentos
'del
'
de
1
re'Cho
debidamente '
rmrneradós
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1
or
estas
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St
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etc._,' digo:
Q~
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1
."
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llo
en
el
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quince ,del
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próx,
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pasaao por
la
cantidad
se
seis
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..
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w;
i,
en
,
fa
-
in~
telig
enci'a
·e que no
pad
_ecia
nin
gun
mal
interno
;'
'hafüend0
sido reconocido
en
el
acto por
el
maestro albéi tar·N
'.
'.'.' pa,ra
cerciorarse
eje
que
no
tenia
nin
gu
n
mal_
esterno. Pe
ro
á
los pocos dias d
!i
1 e,~t
p.
r
..
~l eqpresado .
cab~lLo
,
en
poder de ·mi
representado se 'd~·
sb
ubrió
que'
pade'
c'ia
u
na
enfermedad
in-
terna é ínv eternda,
como
consta
de
la
adjunta certificacion
del maestro .al.
béi
.t
a,
('
, ,
vicio.
'llf
ú!l·
no
pudo ot ultarse
al
vende-
do,r
;1 y
,.:
,
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,
1iebi0
nía
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derecho'la.l
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co:n-trato,
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inse-
g
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nde ;
S.:
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á'
pesa.
N
d~
mis
gestiones :esttaju1
diciales ·y de
haberJe citado á '
ló}1
'cili,acion
en
que
no
ha
. habidb 1ave-
nen
~fü
. (Nurnerense 'aquí'
los
hechos
y
los
, (úiv
darnériJtos
· del
de
.
ree1io.
0 1
,,
o,,;·;
1··.
_.
..
,'.
·:.;·
...
r ~" ,
,·;;.1
,
l'(;t
Súplico á V1,
·<
que
,1
habiendo, por
preseF1tatl
1
ó
ebp
·
0ae1
rry
e~ftificaciones que .acomp'año, '
se
sir.va
cont:hnja
,r á
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S
::
.!
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que restituyá á ,
mi
parte
Ja
1 espresada ·
ca
·n
1
ticJad
rde ; lo's
:i
se1s
mil real
es
:con .
los
gást0s que
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'
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ocasiouatlo ;
··
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g}l
n'd'
i:f-
se
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\caballo, que vendió, p'or ' sef de justi:cia 1 '
1iu
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.
tas pido, _etc. ·
,,
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1
\~t1-;·.lh:
,
_,,
..
,
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..
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1
.
Aécion
·
estirnatoría
·..
1,
'•ilwfr;
..
,i
'j')}i
u4Un'¡ ·
1.
1; 1
.rf"'l':,It:
l
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•,f!
P.
I.~'
en
: nombre d'e
e-ic.
, digo:· Qne m
.-
i re·p·resentado
compró á ,
S.
:. ,vecino
·,
de
...
en '
el
día. :. del
mes
.. '.
del
o·
'.
: ..
una¡
cas
a en est·é pueblb ,en
la
,
ca
U-e
de
,t.. 1
seña lada
i'
con
..
5ti
,
el.i:iú
:
me
,
r0
.• , ,
que
. c0:nstule tres.
pi
~os, y susJin1deros son
...
~nula
cantidad.
de
:.
sesenta
mil
ueales
vello-n
-:
..
proc.ediero1n
uqo ;y1
bt.r.OJ
'.
bajo
el
,supuesto
de
,t,
que ,
la
espresada
casa
no
e~1a
_a afecta á ningúna
carga
real;
mas
habiendo apáreci~
do
un
censo
:
¡¡obre
ella, ·ca,nstituido á.
favor
.
de
.. ·.
cuyo
-.
ca.,.
pit~l
é:x
de
: ,qúince mil reales
,.
como
co
·
nsta
de
,
la
esfritura
qlll'e;
;
en
)
cl
,ebi·
da
·
forma
presen~o
,,,
se
· ha vj
is,to
mi
diente·en .
eL
c¡¡so
i:
c1e
pedirle
esta
ca
ntidad ,que
v.a
.
le
menos
La
.finoa
de
lo
l):
que
rcreyeroo;
al
tiempo
Ji
e
la
\lenta. Negándose '
S.
1
.-;
. á
satisfac
er esta
suma
en
el
acto
de
conciliacion a,L
e:fect;Q;
celebrado,
como
consta
de
la
adjunta certificacion ·,
se
ha
hecho indispensable
a,cudi
.r
á'
1
;l'
a autoridad judicia
l.
(Aquí
la numeracion _
de
los
hec1ios
y-
de
.
los
fundamentos
del
de-
rech
,Q
,)
Por tpdo
lo
1cual
...
,
··,
: . , ...
·.
1i
Su..pl
;ic
o 1á V.,
que
qabieodo ·por .presentados; l~s
-1•
e;;pl1e
"
s
ados
,
docup:i
_entos, .
se
sir
\la
condenar á S ... á ¡
ia
,gar
,.
á
.,
mt
par;te
·
tos
'mencionados quince milreales, porser
de
,
jus~idiai
q1.1
.~ co.n,cestas pido, ,etc.
:1.,
1.1Li
·
1
Accion
·
res'cisdr.ir
f ' pdr·
_l-esion.
; '
!
'.,
..
/.ji
J . . .
;.rfC'i· Í'1·..1.rl'}
oq
;.:
,'
,;, r
-
,_
,_,
F ...
de
T ....
et
,c;,
digo:
.
Qu
,
6l
:
mJ'
representado
··.
compró
á,S, ,. :
e,
n,
~je,
te
de
.Ago
s
tJl
d
e,l,
año
,
próx.imo
pasado,u,
na
,
c.asa
l
,.
$;i
ta
,:
e,
¡;¡,
,
e,s,ta
ciudad·, en.la
ea.l
le
,de
... :
·coo
· el
,,
Iiúm
e:ro,:
, .. ,
.(!J
,
tre
tien.e/por linderos .. . en precio
de
.clento· cuarenta,y, .
.do.s
J
IDtÍi1
l)e
,ales,
se
gu_consta de
la
escritura que.
en
debida.forma p
i:
e.-
s
ei
nto
,. Reconocida
esta
,
casa
, por arquitectos
ha
sid
:0
ap
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cüfda
Wl
,o
en
Ja, .
cli
.otidad ,
cle
S:ese
ota mil
Fea-les
.,,
como
, ;
r~suUa
nde
la
certif¡cacion
que
acompaño. Perjudicado
mi
cli@'te
:1
e!
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}'>
~,
derlá
del
.¡iu:
sto
i
prec.io
,
2;
·d.ebe; spr r1sar
_oi
_
db
¡
~e
, tan
not.
ab:le
·-
perJu:1cw, que, ,
re-clamo
·
Cl
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del.
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to ,
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! le.,
g:
aJm.en
,
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Q!
mpe,te
,
pa
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ra
,.
haGer!o
.,. pnr
no
. haberse
J;:
p©rndp
o.0
·
1j1
,
sigui
J.1r
la
a v,ene:n,
éia
;
como
ap
.a
¡;e.
ce
.
de
la
ce1
1t
Lforui
i
CQ;o
n
lid-
j1;mba,/Jq,uída
nume~acio'fi
,
el
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los
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y de lo
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fúrJ:
.d
l1J
men
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los
del
derecho.)
Én
esta
ateocion . ,;;'j
.olfr1
aJtl
Suplico á V.,
qu
~
J.1
ab(
~r1
d
,o
· por. presentados
los
re-
feridos
docum'"entos,
se
sirva
condenar
al
vendedor S
...
á
qiw
,resfüuya á
mi
p_arte
los
ochenta y .
dl@
s
mi
k
real.és
de
·
dj
fer
·e:
11ci
:
:).
'.
entre_
el
valor
i N
e.l'd;:i.d
,ero y, ,el,
pagado
. ¡
1ot
lw
.easá, .
ó q,ue '
lé\
i
ad
mi
La
.de
nu
'.
ev.o
mo
, suya restituyendo á
mi
par-
5i3
.
te
los
ciento cuarenta y
dos
mil
r
eales
que
entregó por
ella, pues
así
procede
de
j
usticiá
que
con
costa
pido, e_
tc
.
.
Accion
de
sane
amiento
.-
_,,
F ...
de
T .. .
en
nombre
de
N ... etc,,
par"ezco
y
digo:
.
Que
mi
parte ,compró hace
dos
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á S ...
de
esta vecin-
_dad, una
viña
sita
en
el
pa
go
de
...
de
este
término,
su
ca-
bida
ocho
fanegas' lindante
con
...
como
consta
-
de
la
es-
critura que presento. Pocos
meses
hacia
que
estaba
en
po-
sesi
on
de
la
citada viüa,
R .. ,
vecino
· tambien
de
esta villa
le
puso d'emandá sobre ella,
que
· seguida por
todos
sus
trámites
ha
d_
ado
por resultado
-una
sentencia
ejecutoriada en
virtud..
de
la
que
ha
qued
1
do
mi
cliente
declarado
no
dueño
de
la
finca
t¡ue
obtuvo
á título o
ne
-
. roso . Para que,
no
.le fuera perj
udi
c·ial's4 silencio puso
en
noticia
del
vendedor S ... . la
demanda
tan
luego como se
· entabló;
todo
lo
cual consta
del
testimonio ·que -
en
debida
forma presento.
Toda
avenencia
ha
sido
imposible
en
el
acto
de
conciliacion
de
que ¡fresento
la
certificacion
ne-
cesaria, por negarse S
...
á
las
ju
stas
re
clamacion
es
que le
hacia.
(Aquí
los hechos y
los
fundarnentos del derecho
nu-
rnerados.) Por
estas
r.azone
·s _ · ·
Sup
li
co
á
V.,
que habiendo por presentados los
l:lo-
c
um
~
nfos
·referidos
se
sirva condenár al
esp-resado
S
...
á
que ,
me
devuelva
la
canti
dad
de
cincuenta
mil
reales ve-
llo
.u;' .precio -que recibió
de
mi
parte por
la
' espresada
viña; por ser
de
justicia que -
con
costas
pido, etc. ·
. '
'
e,
Restitucion
in
integr'
um.
F1
.•
etc. , digo:
Que
cuando
mi
representa-do
se
hallaba
co
nstituido aun
en
la
menor
edad
vendió
con
la
interven-
c
iOJ!
de
su . curador·y
obser.vando
las
formalidades
que
las
leyes prescriben para
la
enagenácion
de
los
bienes inmue-
bles
de
menores, una finca sita
en
el
término
de
esta villa,
en
el
pago
de. ..
cuyos
linderos
son
...
por
la
cantidad
de
s
esen~a
·
milreales,
á S
...
de
esta
vecindad.
La
inesper.ienc
ia
de
:
m1
representado, .Y
la
poca
diligencia
de
su curado r
fueron
causa
de
que sufriera un perjuicio cónocido,
'
es
el
valor verdadero
de
la
finca
es
de
cien
mí!
reales,
como
·
To
:
I\Jo
1. 55

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