¿La documentación correspondiente al transporte escolar debe reunir requisitos fiscales para que sea deducible en el ISR anual?

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Soy contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que percibe ingresos por sueldos y salarios, los cuales superaron en 2008 la cantidad de $400,000; por tal motivo, dicho contribuyente está obligado a presentar la declaración anual del ISR. Dado que mi cliente paga mensualmente el transporte escolar de sus hijos, le solicité que me entregara los comprobantes correspondientes para deducir el gasto en la declaración anual; sin embargo, no sé si esto es procedente, pues la documentación respectiva no reúne requisitos fiscales.

Lector de México, DF

Pregunta

¿La documentación correspondiente al transporte escolar debe reunir requisitos fiscales para que sea deducible en el ISR anual?

Respuesta

El artículo 176 de la Ley del ISR dispone lo siguiente (énfasis añadido):

176. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I. Los pagos por honorarios médicos y dentales, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.

II. Los gastos de funerales en la parte en que no excedan del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, efectuados para las personas señaladas en la fracción que antecede.

(...)

VII. Los gastos destinados a la transportación escolar de los descendientes en línea recta cuando ésta sea obligatoria en los términos de las disposiciones legales del área donde la escuela se encuentre ubicada o cuando para todos los alumnos se incluya dicho gasto en la colegiatura. Para estos efectos, se deberá separar en el comprobante el monto que corresponda por concepto de transportación escolar.

(...)

Para que procedan las deducciones a que se refieren las fracciones I y II que anteceden, se deberá comprobar, mediante documentación que reúna requisitos fiscales, que las cantidades correspondientes fueron efectivamente pagadas en el año de calendario de que se trate a instituciones o personas residentes en el país. Si el...

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