Sujetos del Impuesto
Autor | Honoré A. Bornacini Hervella |
Páginas | 87-87 |
DISPOSICIONES DEL IVA 2012
MÉXICO FISCAL
87
6.1. IVA - Sujetos y Objeto del Impuesto:
Personas físicas
y morales:
Por los actos o activida-
des siguientes, realizados
en territorio nacional:
I. Enajenación de bienes.
II. Prestación de servicios independientes.
III. Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
IV. Importación de bienes o servicios.
Tasa del impues-
to:
Se calculará aplicando el
16% a los valores señala-
dos:
El IVA en ningún caso se considerará que forma parte
de esos valores.
Traslado del
impuesto:
El contribuyente trasladará el impuesto en forma expresa y por separado.
Se entiende por traslado el cobro o cargo que el contribuyente debe hacer a di-
chas personas de un monto equivalente al impuesto inclusive cuando se retenga
en los términos de los ARTS-1-A o 3-PFO-3 LIVA.
Lugar de pago:
Oficinas autorizadas:
El importe a pagar será la diferencia entre el IVA a su
cargo y el que le hubieran trasladado o él hubiese
pagado en la importación de bienes o servicios siem-
pre que sea acreditable. En su caso, el contribuyente
disminuirá el IVA que le hubieran retenido.
El traslado del IVA no se considera violatorio de precios o tarifas, incluso los oficiales.
6.2. IVA – Actos Gravados y Exentos:
Definición:
Se entiende por enajenación, además de lo señalado en el CFF, el faltante de
bienes en los inventarios de las empresas. En este último caso la presunción ad-
mite prueba en contrario.
Por causa de
muerte o dona-
ción:
No se considerará enajenación, la transmisión de propiedad por causa de muerte,
así como la donación, salvo que ésta la realicen empresas para las cuales el do-
nativo no sea deducible para los fines del ISR.
Transferencia de
propiedad no
efectuada:
Se tendrá derecho a la devolución del IVA correspondiente, siempre que se reú-
nan los requisitos del ART-7-PFOS-1 y 2 LIVA. Cuando se hubiera retenido el
impuesto (ARTS-1-A y 3-PFO-3 LIVA), no se tendrá derecho a la devolución del
IVA y se estará al ART-7-PFO-3 LIVA (Declaración Complementaria).
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba