Sonora celebra el primer Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, con respecto al IVA de los contribuyentes del régimen de pequeños

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A partir del 1o. de enero de este año, el artículo 2o.-C de la Ley del IVA establece que las personas físicas que tributen en el régimen de pequeños contribuyentes de la Ley del ISR deben pagar el IVA mediante cuotas estimadas mensuales determinadas con base en los ingresos obtenidos por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior, y que hayan sido manifestados en la declaración informativa a que se refiere el artículo 137, cuarto párrafo, de la Ley del ISR. Asimismo, las entidades federativas con las que se celebre convenio de coordinación para la administración del IVA a cargo de los contribuyentes del régimen de pequeños, podrán estimar el valor de las actividades mensuales de dichos contribuyentes, y determinar las cuotas correspondientes, con sujeción a lo previsto en el artículo 2o.-C citado.

Al respecto, en el DOF del pasado 5 de abril, la SHCP dio a conocer el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se mencionan, mediante el cual se establecieron diversas facilidades para las personas físicas que tributan en el régimen de pequeños de la Ley del ISR y que conforme al artículo 2o.-C de la Ley del IVA deban pagar el IVA mediante cuotas estimadas mensuales. Entre los beneficios, destaca que el pago de las cuotas estimadas de IVA se realizará conjuntamente con el pago que corresponda efectuar por el ISR, y se faculta a las autoridades fiscales para que recauden en una sola cuota ambos impuestos.

Asimismo, el pasado 29 de junio, la SHCP dio a conocer en el DOF, la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005, en la que se adicionó el capítulo 5.8 "Régimen de Pequeños Contribuyentes", el cual incluye las reglas 5.8.1 a 5.8.9, relativas a regular el procedimiento para el pago del IVA de los contribuyentes del régimen de pequeños.

En la regla 5.8.7 se establece que las entidades federativas que celebren convenio para la administración del ISR e IVA podrán estimar las cuotas de estos impuestos, incluso mediante una sola cuota, de los contribuyentes del régimen de pequeños de la Ley del ISR, cuyo domicilio fiscal corresponda a esas entidades, de acuerdo con lo dispuesto en la regla citada.

Por lo anterior, en el DOF del pasado 17 de septiembre, la SHCP dio a conocer el Anexo No. 3 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre dicha secretaría y el estado de Sonora, mediante el cual ambas entidades convienen en...

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