Situación Actual de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

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CENTRO DE ESTUDIOS DE LAS FINANZAS PÚBLICAS
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Situación Actual de los Sistemas de
Ahorro para el Retiro
Introducción
Derivado de las reformas a los sistemas de pensiones contenidos en la Ley del
Seguro Social (1997) y en la del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado (2007), en 2021 comenzarán a pensionarse por retiro en
edad, cesantía en edad avanzada y vejez, los trabajadores que empezaron a
cotizar bajo el esquema de cuentas individuales.
Con dichas reformas se migró de un esquema de reparto con beneficio definido a
otro de cuentas individuales de contribución definida. Bajo este último el monto
de la pensión no está definido a priori, pues depende del saldo acumulado en la
cuenta individual de cada trabajador a lo largo de su vida laboral.
Los principales determinantes del saldo de las cuentas individuales se refieren a
las aportaciones, comisiones y rendimientos. Por lo anterior y con el propósito de
identificar posibles áreas de mejora y contribuir al análisis legislativo en la
materia, el CEFP presenta, en este documento, un estudio sobre la evolución
reciente de algunas variables relacionadas con dichos determinantes, tales como:
los recursos administrados por el Sistema de Ahorro para el Retiro, las minusvalías
que se presentaron durante 2013, el régimen de inversión de las SIEFORES, los
rendimientos, la situación de las cuentas administradas, las comisiones y los
traspasos.
SERIE: REFORMA SOCIAL
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Antecedentes
Hacia finales de los noventa, el sistema de pensiones en México estaba basado
principalmente en un esquema de reparto y beneficios definidos, en el que las
aportaciones de los trabajadores activos sufragaban las pensiones de los
trabajadores retirados. Bajo este esquema, el monto de la pensión dependía del
salario y la antigüedad del trabajador. Sin embargo, su sustentabilidad financiera
estaba sujeta a que permaneciera sin cambio la estructura demográfica, es decir,
altas tasas de natalidad y mortalidad que garantizaban que un gran número de
trabajadores financiara las pensiones de los retirados.
Sin embargo, en el país se o bservaron importantes cambios demográficos. Se
redujo la tasa de natalidad y se incrementó la esperanza de vida, teniendo como
consecuencia la existencia de menos trabajadores activos por pensionado y un
mayor tiempo de disfrute de las pensiones, lo que representaba un riesgo
creciente para las finanzas públicas.
Ante tal problemática se reformó la Ley del Seguro Social (1997) y a la Ley del
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (2007),
para migrar de un esquema de reparto con beneficio definido a otro de cuentas
individuales de contribución definida. Bajo este último el monto de la pensión no
se conoce a priori, pues depende del saldo acumulado en la cuenta individual de
cada trabajador a lo largo de su vida laboral.
El ahorro de cada trabajador es administrado por las Administradoras de Fondo
de Ahorro para el Retiro (AFORES), las cuales cobran una comisión en
contraprestación de sus servicios. De acuerdo con la Ley de los Sistemas de
Ahorro para el Retiro (Ley del SAR), las AFORES son las encargadas de buscar que
los recursos que los trabajadores ahorran obtengan la mayor rentabilidad y
seguridad posible.
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En este nuevo esquema, el trabajador es dueño de sus aportaciones, es decir,
estas no se pierden en un fondo común de pensiones (como en el esquema
anterior), además permite la movilidad del trabajador pues existe portabilidad de
derechos (sus semanas de cotización son reconocidas tanto por el IMSS como por
el ISSSTE). Por otro lado, tendrá que contratar al final de su vida laboral, con cargo
al saldo de su cuenta individual, una pensión con una aseguradora. El monto de
dicha pensión dependerá de las aportaciones que haya hecho, de la frecuencia
con que haya cotizado, el rendimiento que haya obtenido y el pago que haya
realizado por concepto de comisiones.
Los recursos de los trabajadores se invierten por medio de las Sociedades de
Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORES) en diversos activos
financieros de larga y mediana maduración. La Comisión Nacio nal del Sistema de
Ahorro para el Retiro (CONSAR) es la encargada de regular al sector, determinar
los regímenes de inversión de las SIEFORES y aprobar las comisiones propuestas
por las AFORES buscando salvaguardar el ahorro de los trabajadores. Además es la
encargada de informar acerca de la situación que guarda el sistema.
A continuación se presenta la evolución reciente de algunos indicadores del
sistema de Ahorro para el Retiro, que son determinantes en la pensión que
obtendrán los trabajadores.

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