La situación actual de la planeación, 2002-2005

Páginas57-201
CAPÍTULO III.
LA SITUACIÓN ACTUAL
DE LA PLANEACIÓN, 2002-2005
Para acercarnos a la realidad de la situación que enfrenta la planeación con
base en los mandatos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, se aborda la
descripción de las situaciones que se han documentado a través de entrevistas
y talleres en los niveles distrital, municipal y local, así como con los actores que
participan en los Consejos de Desarrollo Rural Sustentable, en sus diferentes
niveles o ámbitos.
Esta información tendrá el referente de los documentos normativos como
son la propia Ley de Desarrollo Rural Sustentable y las Reglas de Operación
de la  para el Campo vigentes, como:
“estrategia central del gobierno federal para impulsar al desarrollo
rural y mejorar la calidad de vida de sus habitantes”.9
De esta forma se irán describiendo las situaciones encontradas en el campo
durante la realización del presente estudio, y se podrá ir problematizando
lo encontrado con dichos referentes en secciones subsecuentes de este
documento.
8 Formalmente llamadas Reglas de Operación de la  para el Campo para la
Reconversión productiva; integración de cadenas agroalimentarias y de pesca; atención
a factores críticos y atención a grupos y regiones prioritarios (, 2003). Éstas se
publican en el Diario Oficial el viernes 25 de julio de 2003, y se mantienen vigentes a
la fecha, sólo con modificaciones incorporadas al componente de Desarrollo Rural y
publicadas el 14 de junio de 2005.
9 , 2003, Art. 1o.
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Diagrama 4.
6
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F: , 2003.
En el marco del fortalecimiento del federalismo impulsado por la Ley de
Desarrollo Rural Sustentable, se redefinen las atribuciones y responsabilidades
que asumen los gobiernos de los estados, así como el propio gobierno
federal. Para ello se refiere a los Convenios de Coordinación celebrados
entre la federación y el gobierno estatal, en términos del Programa Especial
Concurrente, para la creación de los Consejos Estatales de Desarrollo Rural
Sustentable como la instancia central de:
“concertación política y de toma de decisión, integrados por
representantes de los productores, de los gobiernos federal y
estatal,...” 10
10 Idem, Art. 3o y 4o.
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De esta forma se busca desarrollar e implementar el proceso de planeación
estratégica del desarrollo rural de acuerdo con las prioridades que el gobierno
estatal se haya fijado en su propio plan de desarrollo y dentro del marco
normativo del plan de desarrollo nacional.
Dentro de este marco jurídico e institucional, se redefinen las atribuciones
y responsabilidades de las instancias ya existentes, tanto federales como
estatales; pero al mismo tiempo se abre el espacio para la conformación de
nuevos actores e instancias de planeación y ejecución de los programas de
la ).11 Por su parte, la  centra su función como la instancia
normativa nacional, otorgando facultades y recursos a los gobiernos estatales
para la ejecución de los programas de la  para el Campo mediante los
convenios de coordinación subscritos entre el gobierno federal y la entidad
federativa; así como el establecimiento de actividades de seguimiento a la
ejecución por parte del Estado.12 El gobierno del Estado se convierte en la
instancia ejecutora.
Una vez establecido el Convenio de Coordinación entre la federación
y el Estado, se establece el Consejo Estatal de Desarrollo Rural Sustentable
como instancia central en la entidad para:
“determinar y coordinar las políticas, estrategias y programas del
desarrollo agropecuario y rural...” en la entidad.13
En este Consejo, cuyo decreto de creación fue publicado en la Gaceta Oficial
del Estado el 12 de septiembre de 2002, participan varias dependencias tanto
estatales, como las representaciones en la entidad de las instancias federales.
Más aún, una de sus funciones prioritarias tiene que ver con la planeación, pues
como lo señalan las mismas reglas de operación, el Consejo Estatal deberá:
“aprobar la planeación estatal y regional del sector en cada
entidad federativa, en la que se establezcan programas regionales
y sus prioridades para la asignación de recursos presupuestales
gubernamentales...” 14
11 Idem, Art. 3o.
12 Idem, Art. 4o.
13 Idem, Art. 5o.I.
14 Ibidem.

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