Síntesis ejecutiva

Páginas5-8
¿TIENE ADEUDOS CON EL FISCO? EVALUE LA POSIBILIDAD DE PAGARLOS EN
PARCIALIDADES
Por diversos motivos, los contribuyentes pueden tener adeudos con el fi sco federal de perio-
dos o ejercicios anteriores al que está en curso; al respecto, el artículo 66 del CFF ofrece la
opción de pagarlos en parcialidades.
Cabe observar que, entre otros supuestos, no procede el pago en parcialidades por las contri-
buciones que debieron enterarse en el año de calendario en curso o las que debieron pagarse
en los seis meses anteriores al mes en el que se solicite la autorización; por lo anterior, si la
solicitud se presenta en junio de 2019, sólo procederá el pago en parcialidades de las contribu-
ciones que debieron cubrirse hasta noviembre de 2018 y anteriores, mientras que si la solicitud
se presenta en julio y meses posteriores de este año, procederá el pago en parcialidades de las
contribuciones que debieron pagarse hasta diciembre de 2018 y anteriores.
Indicamos el procedimiento y demás lineamientos para realizar el pago en parcialidades de
las contribuciones.
Ü(VEASE “TALLER DE PRACTICAS” EN LA PAGINA A30)
CUIDADO CON LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA EN MATERIA FISCAL. CONSIDERA-
CIONES IMPORTANTES
En términos jurídicos, en una relación tributaria se supone la existencia de dos sujetos: un acreedor
o sujeto activo (Estado) y un deudor o sujeto pasivo (contribuyente); no obstante, por lo que hace a
los sujetos pasivos, hay una distinción que los agrupa en dos clases de sujetos:
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