Síntesis ejecutiva

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Fiscal

DEDUCCIONES EN EL ISR AL CIERRE DEL EJERCICIO. CUIDE LOS REQUISITOS PARA APLICARLAS. PERSONAS MORALES DEL REGIMEN GENERAL

De acuerdo con la Ley del ISR, las deducciones autorizadas por esta ley deben reunir diversos requisitos, mismos que pueden cumplirse en el momento en que se realicen las deducciones o, en su caso, hasta la fecha en que deba presentarse la declaración anual; sin embargo, la mayor parte de los requisitos deben cumplirse a más tardar el último día del ejercicio.

Dado que el ejercicio fiscal de 2011 está próximo a terminar, elaboramos una guía en la que se indica si las deducciones más frecuentes para las personas morales del régimen general deben cubrir los requisitos que tienen que reunirse a más tardar al cierre de este ejercicio.

· (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A20)

CRITERIOS NORMATIVOS DEL SAT DEL SEGUNDO SEMESTRE DE 2011. EL SAT LOS DA A CONOCER

El pasado 6 de diciembre, el SAT publicó en su página de Internet el expediente SAT-352-04-04/08/2011 el cual contiene los criterios normativos aprobados al segundo semestre de 2011.

Mediante esta publicación se modifica el criterio normativo denominado "Exenciones. Publicaciones electrónicas"; asimismo, se derogó el criterio normativo 57/2010/ISR "Bienes que se adquieren para darlos en alquiler o arrendamiento a terceros. Forman parte del activo fijo".

Por otra parte, derivado de las reformas al artículo 29 del CFF que entrarán en vigor el próximo 1o. de enero, se creó el apéndice histórico de criterios relacionados con comprobantes fiscales a fin de concentrar aquellos que se quedarán sin materia debido a esta reforma.

También, se creó el apéndice histórico de los criterios normativos en materia del ISTUV con motivo de la derogación de la ley de la materia a partir del 1o. de enero de 2012.

· (VEASE "INFORMACION DE TRASCENDENCIA" EN LA PAGINA A37)

PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RMF PARA 2011-2012. COMENTARIOS

El 9 de diciembre pasado, la SHCP dio a conocer en el DOF la Primera Resolución de modificaciones a la RMF para 2011-2012, la cual entró en vigor el 10 de diciembre último, excepto en los casos que se precisan en estos comentarios.

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Mediante esta publicación se realizaron diversos cambios a la resolución, de los cuales se comentan los más importantes.

· (VEASE "INFORMACION DE TRASCENDENCIA" EN LA PAGINA A39)

MULTAS. SI CON LA OMISION EN PRESENTAR UNA DECLARACION SE COMETEN VARIAS INFRACCIONES, DEBE APLICARSE SOLO LA MULTA...

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