Salarios Mínimos 2018

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Publicados en el D.O.F. del 24 de noviembre de 2017

PRIMERO. Para fines de aplicación del salario mínimo en la República Mexicana habrá una sola área geográfica integrada por todos los municipios del país y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

SEGUNDO. El salario mínimo general que tendrá vigencia a partir del 1o. de diciembre de 2017 en el área geográfica a que se refiere el punto resolutorio anterior, se integrará por tres componentes: primero, el monto del salario mínimo general vigente del 1o. de enero al 30 de noviembre de 2017, $ 80.04 pesos diarios; segundo, el Monto Independiente de Recuperación (MIR), $ 5.00 pesos diarios y, tercero, el incremento de 3.9%, sobre la suma de los dos componentes anteriores, $ 3.32 pesos diarios, lo que arroja un monto de $ 88.36 pesos diarios como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo.

TERCERO. Los salarios mínimos profesionales que tendrán vigencia a partir del 1o. de diciembre de 2017, para las profesiones, oficios y trabajos especiales que figuran en la Resolución de esta Comisión publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2016, como cantidades mínimas que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada diaria ordinaria de trabajo, serán los que están vigentes del 1o. de enero al 30 de noviembre de 2017 más un incremento de 3.9% y...

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