Síntesis ejecutiva

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DECLARACION ANUAL 2013. PERSONAS FISICAS. INSTRUCTIVO DETALLADO, RENGLON POR RENGLON, DEL FORMATO 13

El artículo 175, primer párrafo, de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, establece la obligación para las personas físicas de presentar la declaración anual de este impuesto correspondiente al ejercicio fiscal de 2013, en abril de 2014.

Además, el artículo 7o., primer párrafo, de la Ley del IETU vigente hasta el 31 de diciembre 2013, dispone la obligación para los contribuyentes de presentar la declaración anual de este impuesto en el mismo plazo para la presentación de la declaración del ISR anual, es decir, en abril de 2014.

En materia de IVA, en el artículo 32, fracción VII, de la ley de la materia se especifica que las personas físicas que se encuentren obligadas al pago de este impuesto y las que realicen actos o actividades sujetos a la tasa de 0%, deberán proporcionar la información que del IVA se les solicite en las declaraciones del ISR. Al efecto, la regla II.4.5.1 de la RMF para 2014 señala que las personas físicas que únicamente estén obligadas a presentar la información a que se refiere el artículo 32, fracción VII, de la Ley del IVA, deberán proporcionarla en la declaración anual del ejercicio fiscal 2013 vía Internet.

Sin embargo, el artículo 2.2 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013, precisa que los contribuyentes del IVA y las personas que realicen actos o actividades gravadas a la tasa de 0% en este gravamen podrán optar por no proporcionar la información de IVA en la declaración anual del ISR, siempre que cumplan ciertos requisitos.

Considerando que durante este mes las personas físicas deben presentar la declaración anual del ejercicio de 2013, ofrecemos un instructivo detallado, renglón por renglón, del formato fiscal 13 "Declaración del ejercicio. Personas físicas", que se requisita mediante el DeclaraSat.

- (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A15)

NUEVO REGLAMENTO DEL CFF. COMENTARIOS

El pasado 2 abril, la SHCP dio a conocer en el DOF el "Reglamento del Código Fiscal de la Federación", el cual entró en vigor el 3 de abril de 2014.

Con esta publicación se abroga el Reglamento del CFF publicado en el DOF el 7 de diciembre de 2009; asimismo, continuarán vigentes, en lo que no se opongan al nuevo reglamento, las disposiciones de carácter administrativo, reglas, consultas e interpretaciones de carácter general contenidas en...

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