Entrevista con el Lic. Juan Carlos Roa Jacobo, Subprocurador de Análisis Sistémico y Estudios Normativos de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon)

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1. ¿Qué tipo de contribuyentes pueden acercarse a la Prodecon a solicitar ayuda?

R. En general, puede ser cualquier tipo de contribuyente. Se tiene la idea de que sólo los contribuyentes pequeños pueden hacerlo, pero la verdad es que la ley no marca un límite, pues el único límite que indica es exclusivamente para la defensa y representación, y esto tiene que ver con el monto del crédito pero no con el tipo de contribuyente. En este sentido, puede acercarse a la Prodecon un contribuyente grande con un crédito pequeño o un contribuyente pequeño con un crédito grande, siempre y cuando no se supere el tope establecido legalmente; de todas formas el único límite es el monto del crédito. Para todas las demás atribuciones no hay ninguna limitación y la procuraduría puede atender en consultas y en representación con el tema del monto del crédito, pero en quejas, problemas sistémicos y otros, pueden ser contribuyentes pequeños o grandes, cualquier problema ante autoridades fiscales federales; esto incluye desde luego al SAT, pero también al IMSS, al Infonavit, a la Conagua e incluso a las autoridades tributarias locales cuando ejercen facultades coordinadas.

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2. En relación con la pregunta anterior, ¿cuál es el monto del crédito fiscal para que el contribuyente pueda solicitar ayuda de la Prodecon en mate-ria de representación legal y defensa?

R. Son 30 veces el salario mínimo anualizado; actual-mente son $682,513; este es el monto histórico sin accesorios. Realmente no es un crédito tan pequeño, pero es el único criterio que señala la ley, no discrimina por tipo de contribuyente, por lo que depende del monto del crédito y esto sólo para la representación legal y defensa; en todos los demás servicios pueden ser contribuyentes chicos, medianos o grandes.

3. ¿En qué consiste la ayuda que le puede brindar la Prodecon a los contribuyentes?

R. Es amplia y variada. Desde luego, la Prodecon puede brindar asesoría; el primer contacto con el contribuyente es que se acerque a nosotros, nos pida algún servicio de asesoría: esto puede ser para cumplir con sus obligaciones, llenar alguna forma fiscal, en fin, también puede ser que ahí se verifique que puede necesitar la atención, por ejemplo, para representación y defensa si ya tiene un crédito; entonces se le prepara el medio de defensa que corresponda, el cual también incluye atender las cuestiones relacionadas con la garantía del interés fiscal y asesoría en este tema; también puede ser que derivado de las actuaciones de la autoridad se interponga alguna queja porque el contribuyente ve que hay alguna actuación ilegal o irregular de parte de la autoridad fiscal; entonces, la Prodecon puede atender el caso, acercarse a la autoridad, ver cuál es el problema al respecto, eventualmente emitir una recomendación para que la autoridad que actúe en contra de los derechos del contribuyente detenga esa actuación, en fin, eso es en lo que respecta a quejas y recomendaciones. También, hemos conocido casos en los que las autoridades tributarias no permiten al contribuyente presentar un escrito, en este supuesto podemos, en ese caso concreto o en cualquier otra circunstancia, nombrar observadores por parte de la procuraduría que le acompañen, por ejemplo, si es en la ventanilla y no lo quieren dejar presentar algún escrito o documento; el observador de la Prodecon pregunta al personal del SAT sobre la razón de la negativa y en estos casos, ha ocurrido que el funcionario fiscal cambia de actitud y muestra un poco más de disposición y acepta el trámite; asimismo, la procuraduría puede responder consultas de los particulares, proponer modificaciones a la normatividad interna del SAT, así como al marco legal, acudir ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de diputados y proponer modificaciones a la legislación fede-

ral, esto le da oportunidad a los contribuyentes, inclusive, de presentar en nuestra ventanilla propuestas de reforma fiscal para acudir ante el Congreso y de alguna forma ciudadanizarlas y, desde luego, aprovechar las gestiones de cabildeo en favor de estas propuestas; además, la Prodecon está facultada para revisar e investigar lo que la ley llama problemas sistémicos, problemas graves que pueden derivar de cuestiones tan simples como la indebida fundamentación y motivación, pero también cuando el sistema no proporciona las respuestas ágiles o eficaces para resolver los problemas del contribuyente, entonces se puede detectar un problema sistémico, denunciarlo ante la autoridad, otorgar garantía de audiencia para que nos explique su proceder y emitir alguna recomendación; el caso más sonado de los que se están revisando es el relativo al embargo de las cuentas bancarias de los contribuyentes, por ejemplo, que independientemente que hay un marco legal "x" sabemos de casos en particular y de un problema que está afectando a la población en general y lo estamos revisando en ese contexto. Otra atribución que tenemos es la de llevar a cabo reuniones periódicas con las autoridades tributarias, en principio como mediador, pero también se lleva una agenda para tratar de encontrar soluciones a los problemas de los contribuyentes; recientemente, la procuraduría ha tenido diversas reuniones con las autoridades fiscales del propio SAT, así como del IMSS, por...

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