Retos normativos de las PyMES

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Las PyMES deberán crear en su interior
las condiciones idóneas para
poder hacer frente a los nuevos
requerimientos normativos
se aplica en las entidades con dichas características si
existen algunas consideraciones o facilidades, con res-
pecto a las Normas de Información Financiera y regula-
ciones tributarias no existe excepción alguna y por ello
es pertinente señalar de manera especíca el artículo
5-A del Código Fiscal de la Federación, el cual reere la
“razón de negocios”.
Dicha disposición tiene por objeto el que las autori-
dades tributarias cuenten con la facultad de acotar,
observar y hasta rechazar inversiones y/o gastos que, a
su juicio, no tengan una relación directa con la activi-
dad de las entidades que las ejercieron, lo que en con-
secuencia puede traducirse en un cuestionamiento
de todas y cada uno de los conceptos deducibles para
efectos de las distintas contribuciones.
Si bien esta disposición se ha conceptualizado como
el fundamento de las reglas generales anti-abuso, ya
que se busca limitar cualquier práctica que genere un
benecio scal a las empresas que lo ejercen, en mayo
de 2019 la Primera Sección de la Sala Superior del Tri-
bunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) deter-
minó que la ausencia de razón de negocios sí puede
ser un argumento de la autoridad para determinar la
inexistencia de una operación, siempre y cuando
no sea el único elemento considerado para llegar a tal
conclusión, hecho grave para muchos de nosotros.
Esta disposición ya existe desde el año 2020 y se esti-
ma que su cabal aplicación sea en este incipiente 2021.
En la actualidad, las autoridades ya se encuentran rea-
lizando diversos procesos de scalización, mediante
“revisiones electrónicas”, devoluciones de impuestos”,
cartas invitación para reuniones virtuales y mensajes
en el buzón tributario, así como solicitudes o requeri-
mientos de información muy amplias o extensas, que
ponen en jaque a la administración de las PyMES.
Se sabe que esta disposición nace para dar respuesta a
prácticas de fraude a la ley o abuso del derecho, ya que,
en su momento, en algunas entidades hubo un exceso
con respecto a que los gastos e ingresos no cumplían
con la razón de negocio. No obstante, el nuevo para-
digma indica que el principio de máxima capacidad
contributiva pesa más que los principios de seguridad
jurídica y legalidad tributaria, lo cual es preocupante
para algunos. Sin embargo, todas aquellas PyMES que
sí llevan su contabilidad, con base en las Normas de
Información Financiera o cualquier otro marco con-
ceptual (conocido, aceptado y generalizado), no ten-
drían estas situaciones legales, ya que cuando se da
cabal cumplimiento a las Normas de Información Fi-
nanciera, en particular la NIF A-6, Reconocimiento y va-
luación, sexto párrafo, el riesgo se minimiza.
Esta disposición tiene como objetivo principal comba-
tir las operaciones que no existan (operaciones simu-
ladas), sin embargo, algunas PyMES no cuentan con
una estructura administrativa robusta que les permita
cubrir algunos requisitos de forma en sus operaciones,
como contratos, convenios, pólizas de seguros y cual-
quier otra evidencia documental sobre la recepción de
bienes o prestación de los servicios.
Las autoridades están solicitando, entre muchos otros
requerimientos, la siguiente documentación:
1. Descripción detallada de la act ividad preponde-
rante de la entidad.
2. Relación detallada de cada uno de los bienes que
se enajenan o servicios que se prestan , indi-
cando la tasa del Impuesto al Valor Agregado
correspondiente, así como el fundamento legal
aplicable a cada uno de ellos.
3. Contratos que se hay an celebrado con los pro-
veedores de bienes y servicios que se encon-
traban vigentes durante el periodo sujeto a
revisión.
4. Contratos con el prestador de servicios de segu-
ridad, custodia, tra nsportación y servicios pro-
fesionales, indicando si los servicios que recibió
de sus proveedores, arrendadores o prestadores
Síntesis
La evolución y adopción de nuevas disposiciones normativas
traen consigo una inversión de tiempo, esfuerzo y recursos
económicos de las PyMES, y aunque hoy en día están viviendo
momentos críticos por la pandemia de COVID-19, no tenemos
la menor duda de que los resultados serán favorables a corto
o mediano plazo. En este contexto, el papel de profesionales
de la Contaduría es evaluar, implementar y monitorear los
controles necesarios para acotar los riesgos inherentes de
cualquier revisión por parte de las autoridades.
Retos normativos de
las PyMES
C.P.C. SERGIO LUIS MORENO MORENO
Socio de auditoría de Moreno Contadores Consultoría Profesional, S.C.
Asesor de la Comisión Técnica de Auditoría del Colegio de Contadores
Públicos de México
Secretario de la Comisión de DPC del IMCP
slm2@morenocontadores.com.mx
En México, de acuerdo con datos de Forbes,
existen cerca de 4.2 millones de pequeñas
y medianas empresas (PyMES), las cuales
contribuyen con alrededor de 52% del Pro-
ducto Interno Bruto (PIB) y generan 70%
del empleo formal, lo que representa la columna ver-
tebral de nuestra economía.
Estas empresas se encuentran frente a un reto enorme,
que es evolucionar, pues deberán cumplir con una
serie de nuevos requisitos formales, situación que se
traduce en crear en su interior las condiciones idóneas
para poder hacer frente a los nuevos requerimientos
normativos, siendo materia de nuestro entorno los
contables y legales.
Esta evolución y adopción de disposiciones normativas
traen consigo el cumplimiento cabal de nuevos requeri-
mientos y lineamientos. Si bien en materia de encargos
de auditoría ya se cuenta con la denominada Guía para
el uso de las Normas Internacionales de Auditoría en
auditorías de pequeñas y medianas entidades, la cual
CONTADURÍA PÚBLICA
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DOSSIER
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