¿Debe retenerse ISR a los trabajadores residentes en el extranjero que no laboran en el país por los salarios que reciben?

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Lector de Monterrey, Nuevo León

Pregunta

¿Debe retenerse ISR a los trabajadores residentes en el extranjero que no laboran en el país por los salarios que reciben?

Respuesta

No debe retenerse ISR a los trabajadores residentes en el extranjero que no laboran en el país por los salarios que reciben, por lo siguiente:

El artículo 179, primer párrafo, de la Ley del ISR dispone lo siguiente (énfasis añadido):

179."Están"obligados"al"pago"del" impuesto"sobre"la"renta"conforme"a"este"Título,"los"residentes" en"el"extranjero"que"obtengan" ingresos"en"efectivo,"en"bienes," en"servicios"o"en"crédito," aun cuando hayan sido determinados presuntivamente por las autoridades fiscales, en los términos de
los artículos 91, 92, 215 y 216 de esta Ley,
provenientes"de"fuentes" de"riqueza"situadas"en"territorio" nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país o cuando teniéndolo, los ingresos no sean atribuibles a éste. Se considera que forman parte de los ingresos mencionados en este párrafo, los pagos efectuados con motivo de los actos o actividades
a que se refiere este Título, que beneficien al residente en el extranjero, inclusive cuando le eviten una erogación.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Según se observa, los residentes en el extranjero están obligados al pago del ISR en México cuando obtengan ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional.

En relación con los ingresos por salarios, el artículo 180 de la Ley del ISR especifica lo siguiente (énfasis añadido):

180."Tratándose"de"los"ingresos" por"salarios"y"en"general"por"la" prestación"de"un"servicio"personal"subordinado,"se"considerará"que"la"fuente"de"riqueza"se" encuentra"en"territorio"nacional" cuando"el"servicio"se"preste"en" el"país.

El impuesto se determinará aplicando al ingreso obtenido las tasas siguientes:

I." Se estará exento por los primeros $125,900.00 obtenidos en el año de calendario de que se trate. II." Se aplicará la tasa del 15% a los ingresos percibidos en el año de calendario de que se trate que excedan del monto señalado en
la fracción que antecede y que no sean superiores a $1’000,000.00.

III." Se aplicará la tasa del 30% a los ingresos percibidos en el año de calendario de que se trate que excedan de...

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