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- Estructura de la Ley Registral para la Ciudad de México
De la responsabilidad del personal del registro público
Autor | Ediciones Fiscales ISEF |
Páginas | 23-23 |
Page 23
ARTICULO 100. El Titular del Registro, los Registradores y demás servidores públicos adscritos al Registro, son responsables por los delitos o faltas que come-tan en el ejercicio de su función, en los términos que previenen las leyes penales del fuero común y federales.
De la responsabilidad civil en que incurran en el ejercicio de sus funciones conocerán los Tribunales del fuero común. De la responsabilidad administrativa en que incurran por violación a los preceptos del Código y de esta Ley y su Reglamento, conocerán las autoridades competentes.
En los supuestos establecidos en este Capítulo se deberá observar lo dispuesto en el artículo 1927 del Código.
ARTICULO 101. La autoridad competente sancionará al Titular del Registro, Registradores y demás servidores públicos adscritos al Registro, por las violaciones en que incurran a los preceptos del Código, de esta Ley, y demás disposiciones aplicables, conforme lo establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
ARTICULO 102. Se sancionará al Titular, a los Registradores y a los demás servidores adscritos al Registro, con amonestación:
I. Por retraso injustificado imputable al servidor público de que se trate en la realización de una actuación o desahogo de un trámite relacionado con un servicio solicitado;
II. Por no anotar los avisos a que se refiere la presente Ley; y
III. Cuando sin causa justificada se niegue la atención a los usuarios del servicio.
ARTICULO 103. Se sancionará al Titular, a los Registradores y a los demás servidores adscritos al Registro, con multa de treinta a trescientas sesenta veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, en el momento del incumplimiento:
I. Por reincidir, en la comisión de alguna de las faltas a que se refiere el artículo anterior; y
II. Por provocar dolosamente un error en la inscripción o anotación.
ARTICULO 104. Se sancionará con la cesación del ejercicio de la función a la que estén asignados los servidores públicos del Registro, en los siguientes casos:
I. Por incurrir...
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