Resoluciones en la situación jurídica del imputado en el plazo constitucional

AutorDr. Elías Polanco Braga
Páginas62-65
62 | Foro Jurídico
Resoluciones en la
situación jurídica del
imputado en el plazo
constitucional
Aunque el juez de
control de oficio le
explicará al imputado
los momentos en los
cuales puede resolver
su situación jurídica en
el plazo constitucional,
o si va a solicitar
su ampliación,
procediendo a la vez
el juzgador a señalar
las hipótesis que
se presentan para
resolverle su situación
jurídica.
RENDIDA LA DECLARACIÓN PRELIMINAR
O MANIFESTADA SU ABSTENCIÓN DE
DECLARAR POR PARTE DEL IMPUTADO,
INMEDIATAMENTE FORMULADA LA
IMPUTACIÓN POR PARTE DEL MINISTERIO
PÚBLICO, DICHAS ACTIVIDADES
PROCESALES SE HARÁN CONSTAR EN UN
ACTA MÍNIMA.
Dr. Elías Polanco Braga
Doctor en Derecho.
Catedrático de la UNAM
NUESTROS ESPECIALISTAS
Inmediatamente, el Ministerio
Público, en uso de la voz,
solicitará con fundamento
en el artículo 313 audiencia
para la vinculación a proceso
del imputado, aunque el juez
de control de oficio le explicará
al imputado los momentos en
los cuales puede resolver su
situación jurídica en el plazo
constitucional, o si va a solicitar
su ampliación; procediendo a
la vez el juzgador a señalar las
hipótesis que se presentan para
resolverle su situación jurídica,
por medio de un auto de, o no,
vinculación a proceso; ello con
y en el Código Nacional de
Procedimientos Penales, que
pueden ser:
1. Antes de concluir el
término de las 72 horas,
en la misma audiencia de
imputación, después de
haber declarado o se haya
abstenido el imputado, el
Ministerio Público puede
solicitar al juez de control
que se resuelva su situación
jurídica con la resolución
de vinculación a proceso.
Acto seguido, el juez debe
preguntar al imputado
si desea se le resuelva su
situación dentro del término,
de consentirlo, deberá
renunciar al tiempo restante
y se procederá a realizarse la
audiencia. De no admitirlo, o
no solicitar la ampliación del
plazo, también se celebrará

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR