Requisito indispensable para importar

AutorFelipe Acosta Roca
Páginas271-290
TRAMITES Y DOCUMENTOS EN MATERIA ADUANERA 271
CAPITULO IV
REQUISITO INDISPENSABLE PARA IMPORTAR
EL REGISTRO EN EL PADRON DE IMPORTADORES
Los contribuyentes que desean realizar importación de mercancías
deberán inscribirse en el Padrón de Importadores perteneciente a la Se-
cretaría de Hacienda y Crédito Público, por lo que para este fin deben en-
contrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales que
les correspondan, así como demostrar que se encuentran inscritos en el
Registro Federal de Contribuyentes.
Para este fin, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de
la Administración del Padrón de Importadores, que se encuentra adscrita a
la Administración General de Aduanas (AGA), es quien se encarga de crear
el Padrón de Importadores, completo y confiable, capaz de proporcionar
una herramienta eficaz que tiene la finalidad de combatir la evasión fiscal
y fomentar el control de las operaciones de comercio exterior, para evitar y
combatir la economía informal, controlando a los importadores que ingre-
san mercancías extranjeras al país.
A. Las personas físicas o personas morales, que deseen inscribirse en
el Padrón de Importadores deberán realizar el trámite vía Internet
ingresando a la página electrónica www.aduanas.gob.mx y llenar el
formato electrónico denominado “Solicitud de Inscripción al Padrón
de Importadores”, para lo cual deberán contar con lo siguiente:
1. Firma Electrónica Avanzada expedida por el Servicio de Admi-
nistración Tributaria, en adelante SAT.
2. Tratándose de personas morales deberán utilizar su propia
Firma Electrónica Avanzada expedida por el SAT y no la de su
representante legal.
3. Registro Federal de Contribuyentes en adelante RFC, activo.
4. Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC.
5. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fisca-
les, (impuesto sobre la renta de los últimos cuatro ejercicios y
provisionales del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor
agregado, por las que aún no esté obligado a presentar las de-
claraciones anuales).
El solicitante, en el formato electrónico, deberá registrar en forma elec-
trónica ante la Administración General de Aduanas (AGA) a los agentes
aduanales que realizarán las operaciones de comercio exterior.
EDICIONES FISCALES ISEF 272
Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacio-
nal, deberán digitalizar y anexar a la solicitud electrónica de inscripción, el
documento mediante el cual comprueben su calidad migratoria en el país.
El resultado de la solicitud de inscripción a dicho padrón, será dado a
conocer en la página de Internet www.aduanas.gob.mx en un término no
mayor a cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la recep-
ción de dicha solicitud.
B. Deberán inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores Espe-
cíficos los contribuyentes que requieran importar o destinar al régimen de
recinto fiscalizado estratégico, las mercancías de las fracciones arancela-
rias listadas en el Anexo 10 de las reglas de carácter general en materia de
comercio exterior conforme a lo siguiente:
B.1. Los contribuyentes que actualmente se encuentren inscritos en el
Padrón de Importadores y cuenten con los requisitos señalados en el rubro
A anterior, deberán presentar en original con firma autógrafa, el formato de-
nominado “Solicitud de Inscripción al Padrón de Importadores de Sectores
Específicos”, que forma parte del Apartado A del Anexo 1 de las Reglas de
Carácter General en Materia de Comercio Exterior, anexando a la solicitud,
según se trate, los siguientes documentos:
a. Copia simple del acta constitutiva tratándose de personas morales
y, en su caso, del poder notarial, con que se acredite que la persona
que firma la solicitud se encuentra facultada para realizar actos de
administración.
Si la persona física es representada por una tercera persona, se de-
berá adjuntar poder notarial o carta poder en la que se le faculte para
realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del
Tratándose de las Dependencias del Ejecutivo Federal, los Poderes
Legislativo, Judicial y las entidades que integran la Administración
Pública Paraestatal de la Federación, Estados y Municipios, para
acreditar la representación del funcionario que firma la solicitud de
inscripción, deberán anexar copia simple y legible del nombramiento
del funcionario público que firme la solicitud.
b. Copia fotostática de la identificación oficial vigente del solicitante o,
en su caso, del representante legal o del representante a que se re-
fiere el último párrafo del inciso anterior.
B.1.2. Los interesados podrán presentar su solicitud en forma personal
al Padrón de Importadores de Sectores Específicos, o enviarla a través del
servicio de mensajería dirigido a:
Padrón de Importadores de Sectores Específicos,
Administración Central de Contabilidad y Glosa,
Administración General de Aduanas,
Av. Hidalgo 77, módulo IV, primer piso,
Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc,
C.P. 06300, México, D.F.
B.1.3. Los contribuyentes que soliciten inscripción en el Padrón de Im-
portadores de los Sectores Específicos, deberán anexar a la solicitud de
inscripción, a través de disco compacto, la información de la denominación
o razón social, y RFC de la(s) empresa(s) transportista(s) contratada(s) pa-

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