Programa de regularización fiscal 2010 para personas físicas. Procedimiento para enterar el ISR derivado de ingresos en efectivo no declarados

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Introducción

Recientemente, con objeto de regularizar la situación fiscal de los contribuyentes que en 2010 no declararon ingresos en efectivo realizados en sus cuentas bancarias, el SAT dio a conocer su programa de regularización fiscal 2010 para personas físicas, el cual se consigna en la regla II.2.8.3.7 de la RMF para 2012.

Conforme al SAT, este programa está dirigido a los siguientes contribuyentes:

1. Los que no están inscritos en el RFC, pero que deben estarlo.

2. Los que están inscritos en el RFC, pero no han presentado la declaración anual de ISR de 2010.

3. Los que están en suspensión de actividades en el RFC, pero que obtuvieron ingresos en 2010, y que fueron reportados por una institución del sistema financiero por recaudación del IDE.

Si los contribuyentes se encuentran en alguna de las situaciones citadas, las autoridades tributarias les harán llegar una carta-invitación junto con un formulario de pago, con objeto de que regularicen su situación fiscal.

Al efecto, explicamos los lineamientos a seguir para que los contribuyentes regularicen su situación fiscal del ejercicio 2010.

Opción de pago del ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2010

Según la regla II.2.8.3.7 de la RMF para 2012, las personas físicas que hubieran obtenido ingresos durante el ejercicio fiscal de 2010 y no hayan sido declarados, podrán efectuar el pago del ISR que les corresponda hasta en seis parcialidades, mensuales y sucesivas, en los términos siguientes:

Las autoridades tributarias les enviarán una carta-invitación con la propuesta del monto a pagar del ISR, calculado a partir de la información que de acuerdo con el artículo 4o. de la Ley del IDE las instituciones del sistema financiero entregan al SAT, así como la forma oficial FMP-Z con la que el contribuyente podrá efectuar el pago en la sucursal bancaria.

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Ejemplo de una carta-invitación publicada por el SAT en su página de Internet

[VER PDF ADJUNTO]

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Ejemplo de la forma oficial FMP-Z

[VER PDF ADJUNTO]

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Quienes estén inscritos en el RFC podrán ingresar a la página electrónica del SAT, en el apartado de Regularización ISR 2010, en la opción de servicios, para obtener una hoja de ayuda, la cual contendrá la información necesaria que les permitirá pagar vía portal bancario o en ventanilla bancaria.

Se entenderá que el contribuyente se autodetermina el impuesto omitido al presentar el pago de éste a más tardar el 28 de febrero de 2013, a través de su portal bancario, o en ventanilla bancaria, con la hoja de ayuda o con la forma oficial FMP-Z enviada por la autoridad, y deberá efectuar dicho pago por el importe que corresponda al número de parcialidades elegidas. Si se trata de la forma oficial FMP-Z, las parcialidades deberán especificarse en esta forma. En caso contrario, se perderán los beneficios de la regla en comento.

En el supuesto de que el contribuyente no esté de acuerdo con el monto propuesto, podrá calcular el impuesto que le corresponda y presentar su declaración del ejercicio 2010, utilizando la herramienta "DeclaraSAT, para presentar ejercicio 2010" contenida en el portal de Internet del SAT en el apartado de...

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