Distrito Federal. Programa de regularización fiscal para el DF. Se publica resolución que condona multas, recargos y gastos de ejecución
Páginas | 49-51 |
Page 49
El 1o. de octubre pasado, el gobierno del DF dio a conocer en su gaceta oficial la Resolución de carácter general mediante la cual se condonan multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios por la omisión de pago de los impuestos y derechos que se indican.
Según el gobierno del DF, esta resolución constituye una medida frente a la crisis que atraviesa de manera estructural la economía del país, sustancialmente en los precios de los productos de la canasta básica; asimismo, es una alter-nativa para que los contribuyentes asuman sus responsabilidades, al habilitar una política recaudatoria que incentiva el pago de contribuciones, con el fin de regularizar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
La resolución tiene por objeto condonar el 100% del pago de multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios, al cubrir únicamente el crédito principal de la contribución omitida actualizada, respecto de los siguientes conceptos:
[VER PDF ADJUNTO]
Page 50
En el caso del ISTUV, la condonación será aplicable a los vehículos año modelo anterior a 2002, con independencia del ejercicio fiscal de que se trate, así como para todos los vehículos que tengan vencido el ejercicio fiscal 2012, sin importar el año modelo, matriculados en el DF.
[VER PDF ADJUNTO]
Para obtener dichos beneficios los contribuyentes podrán pagar en cualquiera de las oficinas recaudadoras de la Tesorería del gobierno del DF y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México o las autorizadas por las mismas, a través de cualquiera de las formas correspondientes, sin que la autoridad fiscal solicite requisitos adicionales.
Asimismo, los contribuyentes que así lo deseen podrán optar por el pago con tarjeta de crédito, bajo la modalidad de pago a meses, debiendo cubrir un cargo adicional de 8% sobre la contribución actualizada. El número de mensualidades y las tarjetas participantes estarán sujetos a los acuerdos que la Secretaría de Finanzas del DF establezca con sus auxiliares.
La resolución también señala las autoridades fiscales a las que deberán acudir los contribuyentes que se ubiquen en los siguientes supuestos:
Supuesto | Autoridad fiscal |
Adeudos que deriven del resultado del requerimiento de obligaciones por parte de la Subtesosería de Fiscalización. | Jefatura de Unidad Departamental de Control de Crédito y Cobranza, ubicada en la Administración Tributaria que corresponda al domicilio del contribuyente o, en su |
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba