Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas. VIII-CASR-8ME-2

Páginas301-302
Revista Núm. 46, septiembRe 2020
sala regional 301
REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS
Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
VIII-CASR-8ME-2
REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. EN LA
EVALUACIÓN TÉCNICA LLEVADA A CABO POR LA AU-
TORIDAD CONVOCANTE, DEBE VERIFICAR LAS CA-
RACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES Y CALIDAD DE
LOS MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PER-
MANENTE DE ACUERDO CON LA CONVOCATORIA
RESPECTIVA.- Si bien es cierto, las áreas convocantes de
la administración pública federal cuentan con potestad para
establecer los elementos materiales que a su juicio, resultan
idóneos para la adecuada consecución de la obra o servicio
de que se trate, también lo es que la evaluación técnica de
las proposiciones presentadas por los particulares se en-
cuentra sujeta a normatividad especíca. En ese sentido,
se tiene que el Reglamento de la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados con las Mismas, en su numeral
64, apartado A, fracción III, inciso b), establece que en la
evaluación técnica llevada a cabo por el área convocante,
vericará que las características, especicaciones y calidad
de los materiales y equipos de instalación permanente sean
las requeridas en las normas de calidad y especicaciones
generales y particulares de construcción establecidas en la
convocatoria a la licitación pública, pues son estos los as-
pectos que verdaderamente interesan a la administración
pública federal, cumplan con las mejores condiciones técni-

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