¿Se puede instalar un anuncio publicitario en el interior de un parque ubicado en la CDMX?

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fotográfico, artículos y aparatos deportivos, instrumentos musicales, artículos de papelería, libros, periódicos y revistas, mascotas, regalos, artículos
religiosos, artesanías, artículos de uso personal, muebles para el hogar, cristalería, loza y utensilios de cocina, computadoras, teléfonos, alfombras,
cortinas, tapices, plantas y flores naturales, obras de arte, lámparas, artículos usados, de comercio al por menor en ferreterías y tlapalerías, pintura,
vidrios y espejos, artículos para la limpieza, materiales para la autoconstrucción, automóviles y camionetas nuevos o usados, partes y refacciones
nuevas o usadas para automóviles, camionetas y camiones, llantas, motocicletas, gasolina y diésel, gas, aceites y grasas lubricantes, aditivos y
similares, venta al por menor por comisión y consignación, y otros intermediarios del comercio al por menor.
Al efectuar el cobro de tarifas, las cámaras empresariales entregarán a los comerciantes e industriales un recibo en
el que se consigne únicamente ese concepto y que cumpla los requisitos fiscales correspondientes, además de que
contenga el folio respectivo al número de control único.
Sanción por no registrarse ante el SIEM
De acuerdo con el artículo 40 de la LCEC, la SE sancionará con multa de 200 a 600 salarios mínimos, según la ca-
pacidad económica del infractor, a aquellos comerciantes o industriales que incurran en las conductas siguientes:
1. No cumplan la obligación de registrarse oportunamente en el SIEM, o proporcionen información incorrecta
o incompleta en su registro
2. No registren a todos sus establecimientos
3. Proporcionen información incorrecta o incompleta en su registro
4. No cumplan la obligación de informar a la cámara empresarial correspondiente para efectos de su registro
en el SIEM, cuando cesen parcial o totalmente sus actividades o cambie su giro o domicilio
En caso de reincidencia se podrá imponer multa de hasta por el doble de la sanción anterior.
Conclusión
El Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) es un medio informativo para el público en general,
ya que por una parte, las personas en su carácter de consumidores pueden consultar la oferta de los bienes y
servicios de las distintas empresas registradas, mientras que para el empresario resulta ser el mejor medio para
promover su negocio en el ámbito nacional e internacional.
De esta manera, las unidades económicas de comercio, industria y servicios del país deben registrarse o reno-
var su registro ante el SIEM en los plazos que para tal efecto establece la Ley de Cámaras Empresariales y sus
Confederaciones (LCEC).
Con objeto de que las empresas cumplan la obligación de efectuar su registro o renovación en el SIEM, se co-
mentó en qué consiste el mismo, los plazos para llevar a cabo la renovación o inscripción en él y las sanciones
aplicables a quienes omitan el cumplimiento de esta obligación.
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