Prólogo

AutorAlejandro Wong Meraz
Páginas7-10
VII
PRÓLOGO
La importancia de todo trabajo de investigación es que, en un futuro no muy le-
jano, salga a la luz, sin embargo, cuando éste proviene del nanciamiento de
recursos públicos como es el CONACyT, existe ese doble compromiso, primero
con la Universidad y la educación pública, y segundo con México.
Primero, con la Universidad Autónoma del Estado de México, lugar donde
Christian Aldrete realizó sus estudios de maestría, donde obtuvo la máxima cali-
cación en su tesis de grado. En este trabajo de investigación comparto los créditos
en la dirección con los profesores Edgar Aguilera y Rodolfo Elizalde, ambos inves-
tigadores de la Faculta de Derecho de esta universidad. Además, que en el trabajo
se nota la inuencia del profesor Javier Ruipérez Alamillo de la Universidad de La
Coruña, con quien hizo una estancia de investigación para la elaboración de su te-
sis de grado.
Segundo, con la publicación de la obra que ustedes tienen en mano, se cierra un
círculo importante, que además es una de las nalidades del CONACyT, formar fu-
turos investigadores y que sus productos tengan un impacto en busca de mejorar
nuestro país, por lo que consideramos que Yair cumple cabalmente.
En este sentido, consideramos que la obra Fuero Constitucional: Garantía de un
Estado Democrático y Constitucional de Derecho, un análisis de derecho comparado
entre México y España, sale en un momento muy oportuno, ya que en el debate polí-
tico e incluso gran parte de la sociedad está a favor de la eliminación de la gura del
Fuero Constitucional, considerándola como parte de los privilegios de los que gozan
una élite política para seguir con la impunidad, y que ha llevado a que ciudadanos
cada vez crean o confíen menos en sus instituciones. Existe la confusión generali-
zada de considerar que el fuero constitucional pertenece a las personas con ciertos
cargos públicos y que por ello no pueden ser sujetos a procedimientos judiciales para
hacer frente a las distintas acusaciones; sin embargo, esto es incorrecto ya que el
fuero es del cargo y no de la persona que ocupa ese puesto, por tal motivo, si pueden
ser vinculados a los diversos procedimientos, una vez que se han cumplido con los
procesos de desafuero o vinculación a proceso. El fuero sólo hace las veces para sal-
vaguardar los casos de orden penal, no así para materia civil, para los cuales no se
requiere declaración de procedencia.

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