Productos farmaceuticos

AutorJesús Bernardo Gutiérrez Delgado
Páginas224-236
224
11 Sulfato de gentamicina.
99 Los demás.
29.42 Los demás compuestos orgánicos.
2942.00 - Los demás compuestos orgánicos.
2942.00.99 00 Los demás compuestos orgánicos. Kg Ex. Ex.
Capítulo 30
Productos farmacéuticos
Notas.
1. Este Capítulo no comprende:
a) los alimentos dietéticos, alimentos enriquecidos, alimentos para diabéticos, complementos alimenticios,
bebidas tónicas y el agua mineral (Sección IV), excepto las preparaciones nutritivas para administración
por vía intravenosa;
b) Las preparaciones, tales como comprimidos, gomas de mascar o parches autoadhesivos (que se
administran por vía transdérmica), diseñados para ayudar a los fumadores que int entan dejar de fumar
(partidas 21.06 ó 38.24);
c) el yeso fraguable especialmente calcinado o finamente molido para uso en odontología (partida 25.20);
d) los destilados acuosos aromáticos y las disoluciones acuosas de aceites esenciales, medicinales
(partida 33.01);
e) las preparaciones de las partidas 33.03 a 33.07, incluso si tienen propiedades terapéuticas o
profilácticas;
f) el jabón y demás productos de la partida 34.01, con adición de sustancias medicamentosas;
g) las preparaciones a base de yeso fraguable para uso en odontología (partida 34.07);
h) la albúmina de la sangre sin preparar para usos terapéuticos o profilácticos (partida 35.02).
2. En la partida 30.02 se entiende por productos inmunológicos a los péptidos y proteínas (excepto los productos
de la partida 29.37) que participan directamente en la regulación de los procesos inmunológicos, tales como
los anticuerpos monoclonales (MAB), los fragmentos de anticuerpos, los conjugados de anticuerpos y los
conjugados de fragmentos de anticuerpos, las interleucinas, los interferones (IFN), las quimioquinas así como
ciertos factores que provocan la necrosis tumoral (TNF), factores de crecimiento (GF), hematopoyetinas y
factores estimulantes de colonias (CSF).
3. En las partidas 30.03 y 30.04 y en la Nota 4 d) del Capítulo, se consideran:
a) productos sin mezclar:
1) las disoluciones acuosas de productos sin mezclar;
2) todos los productos de los Capítulos 28 ó 29;
3) los extractos vegetales simples de la partida 13.02, simplemente normalizados o disueltos en
cualquier disolvente;
b) productos mezclados:
1) las disoluciones y suspensiones coloidales (excepto el azufre coloidal);
2) los extractos vegetales obtenidos por tratamiento de mezclas de sustancias vegetales;
3) las sales y aguas concentradas obtenidas por evaporación de aguas minerales naturales.
4. En la partida 30.06 solo están comprendidos los productos siguientes, que se clasifican en esta partida y no
en otra de la Nomenclatura:
a) los catguts estériles y las ligaduras estériles similares, para suturas quirúrgicas (incluidos los hilos
reabsorbibles estériles para cirugía u odontología) y los adhesivos estériles para tejidos orgánicos
utilizados en cirugía para cerrar heridas;
b) las laminarias estériles;

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