La problemática de los embriones congelados: Consideraciones bioéticas y jurídicas

AutorDora García Fernández
CargoMaestra investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Anáhuac México Norte. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores.
Páginas47-53

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Embriones sobrantes o supernumerarios

En la técnica de fertilización asistida con transferencia de embriones (FIVET), tanto homóloga como heteróloga, los médicos tienen por costumbre fecundar un número elevado de óvulos, con el fin de garantizar el éxito de la técnica. En efecto, se hace la fecundación de varios óvulos porque el porcentaje de nidación y embarazo resulta muy bajo (1 o 2 de 10); y por ello, para garantizar el resultado positivo, se hace una provisión de varios embriones disponibles para poder intentar otra vez en caso de fracaso. Si la implantación resulta exitosa, los embriones restantes serán considerados "sobrantes" o "supernumerarios" y serán congelados para su conservación. La acumulación de embriones congelados como consecuencia de estas técnicas, suscita una serie de consideraciones que merecen una profunda reflexión tanto ética como jurídica.

Con respecto al número de embriones que se han de implantar, existen distintas posiciones. Algunos médicos optarán por implantar todos los embriones, para no enfrentarse a problemas éticos, confiando en que la sabia naturaleza hará la selección. Esta decisión no lleva implicaciones éticas pero sí problemas médicos ya que transferir un número elevado de embriones pone en riesgo la vida de la madre y de los hijos.1

La mayoría de los especialistas ha decidido que se implanten el número máximo tolerable para un embarazo con éxito, aunque no se ponen de acuerdo en Page 48 el número ideal de embriones por implante (se transfieren tres y excepcionalmente cuatro embriones pero la tendencia es a implantar dos y excepcionalmente tres). Al respecto el Comité Consultivo Nacional de Ética para las Ciencias de la Vida y de la Salud francés, recomienda el implante de dos embriones como número óptimo. La Ley sobre Protección de Embriones de Alemania, en su artículo 1º, penaliza a quien intente implantar dentro de un mismo ciclo más de tres embriones en una misma mujer e intente fecundar más óvulos de una mujer de los que se deban implantar dentro de un mismo ciclo.2 Con ello se elimina la posibilidad de criogenización de embriones sobrantes y el descarte. Esto implicaría que las técnicas de FIVET fueran muy costosas ya que en caso de fallar el primer intento se tendría que realizar de nuevo todo el procedimiento.

Es así que estos embriones sobrantes llegan a ser criogenizados para su conservación, lo que da lugar a una posible "procreación diferida", ya que congelando los embriones sobrantes, éstos se pueden implantar posteriormente en la madre o implantados en otra mujer. En otros casos, que son los peores, estos embriones son destruidos o donados para experimentación, que no es sino otra forma de destrucción.

Al respecto cabe decir que nada justifica la experimentación en embriones y mucho menos su destrucción, ya que estamos hablando de seres humanos únicos e irrepetibles, con su propia carga genética.

Para evitar que se sigan generando embriones supernumerarios, es preciso limitar el número de embriones.3 Actualmente la ley mexicana no limita este número. Cada médico fecunda los óvulos que cree conveniente. Es primordial limitar el número de óvulos fecundados a únicamente uno o dos -no más de tres- que son los que médicamente se recomienda implantar en una sola ocasión. De esta forma no quedarían embriones supernumerarios y no se contribuiría a los miles de embriones que ya se encuentran congelados en espera de ser "donados" a otra pareja, a la experimentación o simplemente ser destruidos, y obligar por ley a las clínicas que lleven a cabo estas técnicas, a informar a la pareja de los supuestos que pueden presentarse con la técnica y con sus embriones (consentimiento informado). Se deberá informar a la pareja cuántos óvulos se fecundarán, cuántos se implantarán en la primera oportunidad, cuántos quedarán crioconservados para una segunda implantación, y si ésta tiene éxito y ya no se quieren más hijos, qué se puede hacer con los embriones sobrantes (donación, experimentación o destrucción). O en el caso de que se limite el número de embriones y no haya sobrantes, informar a la pareja de esta situación, del costo que tendrá la técnica y de las probabilidades de éxito de la misma.

No obstante se empiece a limitar la fecundación de óvulos en México, es muy difícil que las legislaciones de todos los países lo hagan, por lo tanto, siempre habrá embriones sobrantes congelados, pero con estas recomendaciones su Page 49 número disminuiría considerablemente. No se debe perder de vista la existencia miles de embriones congelados, a los que se les debe dar un destino distinto a la destrucción o a la experimentación.4

Criogenización de embriones humanos

En 1983, un equipo australiano logró desarrollar una técnica de congelamiento, crioconservación o criogenización de embriones humanos, lo que permitiría conservar los embriones sobrantes o supernumerarios para posteriores transferencias.5 Dicho de otro modo, los embriones fecundados in vitro en número que excede la posibilidad de una transferencia simultánea al útero se congelan con la intención de repetir la técnica de transferencia de embriones en el caso, muy frecuente, de que fracase la primera tentativa; en otros casos se donan para investigación o se dan en adopción a otras parejas.6

La criopreservación consiste en congelar lentamente embriones con el fin de almacenarlos para su uso futuro. Este proceso requiere de un congelador de nitrógeno líquido y el uso de anticongelantes celulares. Los embriones son almacenados y sumergidos en nitrógeno líquido a 196 º C bajo cero hasta que son descongelados y colocados en él.7 La conservación en frío se basa en...

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