Prescripción en materia laboral, ¿sabe en qué casos aplica?

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Introducción

Los derechos y las obligaciones de cada una de las partes de la relación laboral -patrón y trabajador- son susceptibles de extinguirse por el transcurso del tiempo, es decir, prescriben para brindar seguridad jurídica y estabilidad a la relación de trabajo y, de esta forma, salvaguardar los derechos de las partes al fijar un tiempo límite para hacer exigible un derecho y cumplir una obligación.

Por ello, resulta importante que tanto los patrones como los trabajadores tengan conocimiento del momento en que se extinguen las acciones cuyo origen está en la LFT o en el contrato de trabajo, a fin de procurar su ejercicio en el tiempo en que es exigible la prestación o el derecho.

Al respecto, comentamos los aspectos relevantes de la prescripción de los derechos laborales.

Qué es la prescripción

Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, la prescripción es un modo de extinguir un derecho como consecuencia de su falta de ejercicio durante el tiempo establecido por la ley.

Por su parte, el artículo 1135 del Código Civil Federal dispone lo siguiente:

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Según se observa, el Código Civil Federal precisa que la prescripción consiste en el libramiento del cumplimiento de obligaciones por el simple transcurso del tiempo, siempre que dicha condición se establezca por la ley.

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Por otra parte, la LFT, en su título décimo, integrado por los artículos 516 a 522, regula la forma de cómo opera en materia laboral la extinción de derechos, aún no ejercitados, por el solo transcurso del tiempo y la consiguiente liberación de las obligaciones que les sean correlativas.

En qué momento inicia el cómputo de la prescripción

En todas las ramas de derecho se reconoce de manera universal que la prescripción inicia desde que la obligación es exigible; es decir, comienza a correr tan pronto como puede intentarse la acción, ya que no es posible perder un derecho antes de que pueda ser exigido, ni después, porque significaría prorrogar su término.

Así, la LFT acogió este principio pero con una variante, que tiene por objeto conseguir una mayor firmeza en la fecha de inicio de la prescripción, al establecer en su artículo 516 que la misma corre a partir del día siguiente de la fecha en que la obligación es exigible, como se indica a continuación:

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De la lectura de esta disposición surgen dos interrogantes, a saber: cuándo se hace exigible la obligación o el derecho y en qué consisten las excepciones, mismas que deben aclararse para entender el sentido de la prescripción.

Especialistas laborales señalan que el derecho del trabajador de reclamar sus prestaciones es exigible cuando vence el plazo o término fijado por la ley para su ejercicio o cumplimiento.

Por tanto, para identificar el momento en el que el trabajador o el patrón podrán ejercer su acción, se requiere atender lo siguiente:

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En cuanto a las posibles excepciones de aplicación de la prescripción que describe el artículo 516 de la LFT, cabe observar que se refieren sólo al uso del término general de un año como plazo de la extinción de los derechos, pero no al inicio de la prescripción.

Cómputo de términos para la prescripción

El artículo 522 de la LFT dispone que para los efectos de la prescripción, los meses se regularán por el número de días que les corresponda.

Asimismo, estipula que el primer día se contará completo, aun cuando no lo sea, pero el último debe ser completo, y cuando sea feriado, no se tendrá por completa la prescripción sino cumplido el primero útil siguiente.

Prescripción de los derechos laborales

En términos del artículo 516 de la LFT, las acciones laborales que nacen de la ley o del contrato de trabajo (colectivo o individual), prescriben en el término de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación o el derecho sea exigible.

No obstante, cada derecho que confiere la LFT se concede bajo ciertas condiciones y características que producen efectos distintos; por tanto, no es posible aplicar el plazo de prescripción de manera general, por lo que la ley de la materia establece de manera específica los casos en que opera un plazo de prescripción menor o mayor al referido, como sigue:

Acciones que prescriben en un mes

Conforme al artículo 517 de la LFT, las acciones laborales que prescriben en un mes son las siguientes:

Actos Momento en que inicia el cómputo de la prescripción
Las acciones de los patrones para despedir a los trabajadores (rescisión de la relación laboral). A partir del día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de la separación.
Las acciones de los empleadores para corregir las faltas de los empleados con alguna medida A partir del día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la falta.
disciplinaria establecida en el reglamento interior de trabajo de acuerdo con los artículos 422 y 423 de la LFT. A partir del día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la falta.
Las acciones de los patrones para efectuar descuentos en los salarios de los trabajadores. Desde el momento en que se comprueben los errores come-tidos, pérdidas o averías. En el caso de descuento por otros adeudos, desde la fecha en que sean exigibles.
Las acciones de los trabajadores para separarse del trabajo (rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador). A partir de la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de separación.

Acciones que prescriben en dos meses...

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