Premios

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas255-256

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Pagos provisionales y definitivos de las personas físicas que perciben ingresos por la obtención de premios

Periodicidad de pago

El ISR que resulte por la obtención de premios será retenido por las personas que hagan los pagos, y se considerará como pago definitivo cuando quien perciba el ingreso lo declare estando obligado a ello en los términos del segundo párrafo del artículo 90 de la LISR; dicho párrafo indica que las personas físicas residentes en México están obligadas a informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, donativos y premios obtenidos en el mismo, siempre que estos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $600,000.00.

Las personas físicas que no presenten la declaración mencionada no podrán considerar la retención efectuada como pago definitivo y deberán acumular, a sus demás ingresos, el monto de los ingresos por la obtención de premios. En este caso, la persona que obtenga el ingreso podrá acreditar contra el impuesto que se determine en la declaración anual, la retención del ISR federal que le hubiera efectuado la persona que pagó el premio.

En los casos de retención de contribuciones, los retenedores las enterarán a más tardar el día 17 del mes de calendario inmediato posterior al de la finalización del periodo de la retención.

(Arts. 138, penúltimo y último párrafos, LISR y 6o., cuarto párrafo, fracción I, CFF)

Ingresos gravables

Se consideran ingresos por la obtención de premios los que deriven de la celebración de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos de toda clase, autorizados legalmente.

Cuando la persona que otorgue el premio pague por cuenta del contribuyente el ISR que corresponda como retención, el importe del ISR pagado por cuenta del contribuyente se considerará como ingreso por la obtención de premios.

No se considerará como premio el reintegro correspondiente al billete que permitió participar en las loterías.

(Art 137, LISR)

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Ingresos exentos

No se pagará el ISR por los premios obtenidos con motivo de un concurso científico, artístico o literario, abierto al público en general o a determinado gremio o grupo de profesionales, así como los premios otorgados por la Federación para promover los valores cívicos.

(Art. 93, fracción XXIV, LISR)

Tasas de impuesto

El ISR por los premios de loterías, rifas, sorteos y concursos, organizados en territorio nacional, se calculará aplicando la tasa del 1 % sobre el valor del premio...

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