Premio Nacional de Protección Civil

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas990-991
formado por el director General o equivalente, quien lo presidirá y ten-
drá voto de calidad, un representante del titular de la dependencia o en-
tidad, un representante de la Unidad de Organización y Métodos, el de-
legado sindical correspondiente y un representante de la Unidad de
Administración de Personal quien fungirá como secretario técnico del
comité.
DichoComité de Evaluación, durante la segunda quincena del mes de
septiembre de cada año, seleccionará de entre los servidores públicos
a aquéllos que por haber realizado alguna de las acciones a que se re-
fiere el artículo 92 de la presente ley se hagan acreedores a los estímu-
los establecidos.
Entrega de expedientes de candidatos para selección de gana-
dores
97.- Dentro de los tres días hábilessiguientes a la adopción de las re-
soluciones por el Comité de Evaluación, éste deberá proporcionar a la
Comisión Interna de Administración y Programación correspondiente,
los expedientes de los servidoresp úblicos acreedores a estímulos para
que ésta, dentro de la primera quincena del mes de octubre, seleccione
deentreellosaaquéllosalosquesedebeotorgarlarecompensaesta-
blecida en el inciso a) del artículo 93 de esta Ley.
Selección del ganador de la recompensa por cada dependencia
98.- Unavezconcluidalaselecciónaqueserefiereelartículoante-
rior, la Comisión Interna de Administración y Programación en funcio-
nes de Comisión Evaluadora, seleccionará al servidor público que por
sus méritos se haga acreedor a la recompensa a que se refiere el inciso
b) del artículo 93 de la presente Ley, el que será propuesto además
como candidato de la dependencia o entidad para el Premio Nacional
deAdministración Pública ante el jurado a que se refiere el artículo 89de
esta ley.
Libro de honor de ganadores de estímulos y recompensas
99.- En cada dependencia del Ejecutivo la Unidad de Administración
de Personal deberá llevar un libro de honor en el que se asentarán los
nombresde l os servidores públicos que hayan obtenido los estímulos y
recompensas.
Fallecimiento del ganador de la recompensa
100.- Si falleciere la persona a cuyo favor se hubiere resuelto otorgar
algunade las recompensas, la entrega se hará alos beneficiarios d esig-
nadosante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabaja-
dores del Estado, o a quien expresamente se hubiere designado.
LPERC-PREMIO DE PROTECCION CIVIL
CAPITULO XVII
Premio Nacional de Protección Civil
Personas que podrán ser acreedoras a premio
101.- El Premio Nacional de Protección Civil será conferido y entre-
gado a aquellas personas o grupos que representen un ejemplo para la
comunidadp or su esfuerzo en acciones o medidas de autoprotección y
97.- LPERC-PREMIO DE PROTECCION CIVIL 990

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