Premio naciónal de la cerámica

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ARTICULO 120. El Premio Nacional de la Cerámica es el reconocimiento otorgado a los artesanos que se han destacado por su empeño, trabajo y obras en favor de la promoción efectiva de la cerámica nacional.

ARTICULO 121. La convocatoria del Premio será publicada anualmente y considerará en sus objetivos la preservación de las técnicas artesanales y el impulso a las capacidades artísticas de los artesanos, promoviendo la igualdad de género.

ARTICULO 122. El Premio Nacional de la Cerámica se concederá en las siguientes categorías:

I. Cerámica contemporánea;

II. Alfarería vidriada sin plomo;

III. Cerámica tradicional;

IV. Escultura en cerámica;

V. Cerámica en miniatura;

VI. Cerámica navideña; y

VII. Figura en arcilla.

(R) ARTICULO 123. Para la entrega del Premio Nacional de la Cerámica, el Consejo de Premiación se integrará por el Presidente de la...

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