Clonación: Posibilidad de regulación legal

AutorLaura A. Albarellos González
Páginas165-179
CAPÍTULO XII
CLONACIÓN:
POSIBILIDAD DE REGULACIÓN LEGAL
Cuando se analizan las posibilidades y el contenido que
debe tener una reglamentación respecto de las técnicas de clo-
nación en seres humanos, se debe necesariamente reflexionar
respecto al ámbito de aplicación de esa normativa y los sujetos
centrales, sean estos protegidos u obligados.
En un sentido “schumpeteriano”, la clonación consistiría
una nueva categoría de tecnología que puede desestabilizar o
desestructurar los mercados actuales en materia de medicina,
farmacología y, aún, reproducción, los que requerirán de una
necesaria evolución acorde con la tecnología mayor que emer-
ge, pero no sobre la misma línea de desarrollo que llevan hoy,
sino sobre un nuevo parámetro, abriendo nuevas brechas en el
sistema social que hasta hoy conocemos.
Esta sería, sin duda alguna, una de las razones primordiales
por las que debe plantearse el problema del impacto de la clo-
nación considerando el contexto económico, social, político y
cultural en el que se harán esas aplicaciones, y es que la apli-
cación de los recursos tecnológicos y científicos dependerán en
sobremanera de la organización social y política, cuyas estruc-
turas son imposibles de disasociar respecto del cambio tecnoló-
gico. Es que los desarrollos tecnológicos recientes, no pueden
comprenderse ni aplicarse al margen de las reacciones cultura-
les y socio-institucionales subyancentes. De allí que el desarro-
llo tecnológico pase también por la problemática de una inno-
vación en los aspectos socioculturales y políticos, innovación
que debe ser esencialmente idiosincrática y que, necesariamen-
te, debe verse plasmada en un modelo normativo que explicite
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