Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/31/2018. Se fija la Jurisprudencia N° VIII-J-SS-76

Páginas405-407
acuerdo 405
Revista Núm. 26, septiembRe 2018
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/31/2018
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VIII-J-SS-76
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75
y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo y 17, fracción I, de la Ley Orgánica del Tribu-
nal Federal de Justicia Administrativa, al haberse resuelto
en el mismo sentido los juicios contencioso administrativos
27460/15-17-13-1/439/16-PL-02-04, por unanimidad de 11
votos a favor; 29872/15-17-14-4/762/16-PL-01-04, por ma-
yoría de 9 votos a favor y 2 votos en contra; y 6086/17-17-
13-6/4072/17-PL-03-04, por mayoría de 9 votos a favor y
2 votos en contra, se ja la jurisprudencia N° VIII-J-SS-76,
bajo el siguiente rubro y texto:
PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE LA CUENTA
PÚBLICA. AL SER AUTÓNOMO DE AQUEL PRO-
CEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RES-
PONSABILIDAD RESARCITORIA, NO EXISTE
OBLIGACIÓN LEGAL DE DAR OPORTUNIDAD AL
PRESUNTO INFRACTOR PARA PARTICIPAR EN
EL PRIMERO (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL
18 DE JULIO DE 2016).- Conforme a lo establecido
en el artículo 39, en relación con los diversos 55 y 56
de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de
la Federación, durante la etapa de scalización que
tiene vericativo en el desarrollo del procedimiento
de revisión de la cuenta pública, los funcionarios de-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR