PLD. Programa de autoregularización origen y consecuencias

AutorDaniel de la Parra Huerta/Diego Marvan Mas
CargoSocio de la Firma Chevez Ruiz, Zamarripa en el área Litigo Estratégico Administrativo/Asociado Senior de la Firma Chevez Ruiz, Zamarripa en el área Litigo Estratégico Administrativo
Páginas62-65
62 | Foro Jurídico
NUESTROS ESPECIALISTAS
PLD. Programa de auto-
regularización origen
y consecuencias
Daniel de la Parra Huerta
Socio de la Firma Chevez
Ruiz, Zamarripa en el área Litigo
Estratégico Administrativo,
dparra@chevez.com.mx
Diego Marvan Mas
Asociado Senior de la Firma Chevez
Ruiz, Zamarripa en el área Litigo
Estratégico Administrativo,
dmarvan@chevez.com.mx
EN EL AÑO 2000, MÉXICO SE SUMÓ
AL ESFUERZO INTERNACIONAL PARA
COMBATIR EL LAVADO DE DINERO Y EL
FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, SIENDO
ACEPTADO COMO MIEMBRO DE PLENO
DERECHO ANTE EL GRUPO DE ACCIÓN
FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI)
COMPROMETIÉNDOSE A IMPLEMENTAR
LAS RECOMENDACIONES EMITIDAS POR
DICHO ORGANISMO INTERNACIONAL PARA
COMBATIR EL LAVADO DE ACTIVOS Y EL
FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO.
México se sumó
al esfuerzo
internacional
para combatir el
lavado de dinero y
el financiamiento
al terrorismo
accediendo a ser
evaluada por
dicho organismo
internacional con el
objeto de determinar
si cumple o no con
ciertos estándares
mínimos en la
prevención del
lavado de dinero
(a México se le ha
evaluado en cuatro
ocasiones: 2000,
2003, 2008 y 2017).
Como parte de la tercera
ronda de evaluaciones
realizadas a sus
miembros, en octubre de 2008
fue publicado el Informe de
Evaluación Mutua realizado a
México1 en enero de ese mismo
año, dentro del cual, entre otros
hallazgos, se determinó que
nuestro país no cumplía con la
recomendación 12 (actualmente
recomendación 22),2 por lo
que se llegó a la conclusión de
que en México no existía un
régimen para la prevención
del lavado del dinero y el
financiamiento al terrorismo,
tratándose de Actividades y
Profesiones No Financieras
Designadas (apfnd): 1. Casinos;
2. Agentes Inmobiliarios; 3.
Comerciantes de Metales y
Piedras Preciosas; 4. Abogados,
Fedatarios Públicos, Contadores
y otros profesionistas que
manejen recursos de sus clientes
y; Proveedores de servicios
societarios y de f‌idecomisos en
ciertos casos.
En cumplimiento de las
obligaciones asumidas por
1 FATF-GAFI/Gafisud. Mutual Evaluation Report. Anti-Money Laundering and
Combating the Finantial of Terrorism, octubre de 2008. Disponible en: http://www.
fatf-gafi.org/media/fatf/documents/reports/mer/MER%20Mexico%20ful.pdf
2 FATF. International Standards onCombating Money Laundering and the Finacing of
Terrorism & Proliferation. The FATF Recommendations, junio de 2019. Disponible
en: https://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/recommendations/pdfs/
FATF%20Recommendations%202012.pdf

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