Plazos que vencen para cumplir determinadas obligaciones fiscales, en junio de 2018

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Fecha, tema, subtema
y código verificador Antecedentes Considerandos Resolutivos
términos del artículo 115, segun-
do párrafo de la Ley del Impuesto
sobre la Renta, opción que se
otorga al contribuyente para que
deduzca los ingresos por rentas
sin comprobación alguna. En este
sentido, esta unidad administrativa
considera procedente confirmar el
criterio sostenido en el sentido de
que: si la contribuyente XXX , optó
por la deducción opcional del 35%,
respecto de sus ingresos obtenidos
por arrendamiento, no se encuentra
obligada a llevar contabilidad en
términos del Código Fiscal y su Re-
glamento, así como enviar de forma
mensual su información contable al
Servicio de Administración Tributaria,
en términos del artículo 28 primer
párrafo, fracciones III y IV del Código
fiscal de la Federación, para lo cual
solamente se encontrará obligada
a conservar en su domicilio toda la
documentación relacionada con el
cumplimiento de las disposiciones
fiscales y resaltando que no podrá
cambiar la opción elegida hasta que
se presente la declaración anual del
ejercicio al que corresponda.
Plazos que vencen para cumplir determinadas
obligaciones fi scales, en junio de 2018
A fin de que los contribuyentes cumplan de manera oportuna con las diversas disposiciones fiscales, a continuación
se enlistan algunas que deberán presentarse durante junio de este año:
Vencimiento del
plazo Obligación por cumplir Fundamento
10 de junio Plazo para que las personas físicas que hubieran enajenado acciones en
mayo de 2018, y que opten por dictaminar esta operación por contador
público registrado a fin de que el adquirente efectúe una retención menor
al 20% del total de la operación, presenten el aviso respectivo ante la
autoridad correspondiente a su domicilio fiscal.
Artículo 215, fracción I, del
Reglamento de la Ley del ISR.
17 de junio Plazo para informar sobre las contraprestaciones o los donativos recibidos
en efectivo, en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o
de plata, cuyo monto hubiera sido superior a $100,000 en mayo de 2018.
Esta información debe presentarse en el programa electrónico “Declara-
ción informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores
Artículos 76, fracción XV, 82,
fracción VII, 110, fracción
VII, 118, fracción V, y 128, de
la Ley del ISR, y 112 de su
reglamento.
A49
2a. quincena
junio 2018
FISCAL
Información de trascendencia
Taller fiscal 850- 3a parte.indd 49 01/06/18 14:39

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