Plazos que vencen para cumplir determinadas obligaciones fiscales, en diciembre de 2017
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A fin de que los contribuyentes cumplan de manera oportuna con las diversas disposiciones fiscales, a continuación se enlistan algunas que deberán presentarse durante diciembre de este año:
Vencimiento del plazo | Obligación por cumplir | Fundamento |
Ley del ISR | ||
10 de diciembre. | Plazo para que las personas físicas que hubieran enajenado acciones en noviembre de 2017, y que opten por dictaminar esta operación por contador público registrado, a fin de que el adquirente efectúe una retención menor al 20% del total de la operación, presenten el aviso respectivo ante la autoridad correspondiente a su domicilio fiscal. | Artículo 215, fracción I, del Reglamento de la Ley del ISR. |
17 de diciembre. | Plazo para informar sobre las contraprestaciones o los donativos recibidos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto hubiera sido superior a $100,000 en noviembre de 2017. Los contribuyentes deberán informar el monto de las contraprestaciones recibidas en efectivo, en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, si al incluir los impuestos correspondientes se supera la cantidad mencionada. El informe a que se refiere el párrafo anterior también se presentará cuando se efectúen respecto de una misma operación uno o varios pagos en efectivo en moneda nacional o extranjera, o bien, en piezas de oro o plata, y que la suma de ellos supere $100,000, y se remitirá el informe a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se rebase el monto señalado. Los contribuyentes que reciban contraprestaciones donde una parte sea en efectivo, en piezas de oro o de plata, y otra parte se pague con cheque, transferencias bancarias u otros instrumentos monetarios, únicamente estarán obligados a informar las operaciones cuando lo recibido por concepto de contraprestación en efectivo, en piezas de oro o de plata, exceda de $100,000 dentro de un mismo mes, sin considerar para efectos del monto precisado lo cubierto con otras formas de pago. |
Artículos 76, fracción XV, 82, fracción VII, 110, fracción VII, 118, fracción V, y 128 de la Ley del ISR, y 112 de su reglamento. |
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Vencimiento del plazo | Obligación por cumplir | Fundamento |
17 de diciembre. | Esta información deberá presentarse en el programa electrónico "Declaración informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a $100,000 pesos", mediante la página del SAT ( www.sat.gob.mx ), ya |
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