¿Qué plazo tiene un trabajador para poder solicitar la continuación voluntaria en el régimen obligatorio?

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Laboro como contador independiente. Hace aproximadamente tres años dejé de laborar en una empresa por motivos de salud, por lo que me dieron de baja en el IMSS. Tengo 57 años y pretendo afiliarme a la continuación voluntaria en el régimen obligatorio para obtener una pensión al cumplir 60 años. Deseo saber cuál es el plazo para poder solicitar la continuación voluntaria al régimen obligatorio.

Lector de Cancún, Quintana Roo

Pregunta

¿Qué plazo tiene un trabajador para poder solicitar la continuación voluntaria en el régimen obligatorio?

Respuesta

Cinco años a partir de la baja del trabajador; en esta modalidad dicha persona podrá afiliarse con el último salario que haya percibido al momento de la baja o uno superior, conforme a lo siguiente:

1. El artículo 218, primer párrafo, de la LSS dispone que el asegurado que tenga un mínimo de 52 cotizaciones acreditadas en el régimen obligatorio, en los últimos cinco años, al ser dado de baja, tendrá derecho a continuar voluntariamente en ese régimen y en los seguros conjuntos de invalidez y vida, así como de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y deberá quedar inscrito con el último salario o uno superior al que tenía en el momento de la baja.

2. Por su parte, el artículo 219 de la LSS establece lo siguiente (énfasis añadido):

219. El derecho establecido en el artículo anterior se pierde si no se ejercita mediante solicitud por escrito dentro de un...

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