¿Las personas físicas que reciben ingresos por salarios pueden deducir en la declaración anual del ISR los intereses moratorios pagados por un préstamo hipotecario de casa-habitación?

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cios profesionales en materia de
psicología y nutrición prestados
por personas con título profesional
legalmente expedido y registrado
por las autoridades educativas
competentes, así como los gastos
hospitalarios, efectuados por
el contribuyente para sí, para
su cónyuge o para la persona
con quien viva en concubina-
to y para sus ascendientes o
descendientes en línea recta,
siempre que dichas personas
no perciban durante el año de
calendario ingresos en cantidad
igual o superior a la que resulte
de calcular el salario mínimo
general del área geográfica del
contribuyente elevado al año, y
se efectúen mediante cheque no-
minativo del contribuyente, transfe-
rencias electrónicas de fondos,
desde cuentas abiertas a nombre
del contribuyente en instituciones
que componen el sistema finan-
ciero y las entidades que para tal
efecto autorice el Banco de Méxi-
co o mediante tarjeta de crédito,
de débito, o de servicios.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
II. Los gastos de funerales en
la parte en que no excedan del
salario mínimo general del área
geográfica del contribuyente
elevado al año, efectuados para
las personas señaladas en la
fracción que antecede.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Al efecto, el artículo 266 del Regla-
mento de la Ley del ISR establece lo
siguiente:
266. Para efectos del artículo
151, fracción II de la Ley, en los
casos de erogaciones para
cubrir funerales a futuro, estas
serán deducibles hasta el año
de calendario en que se utilicen
los servicios funerarios respec-
tivos.
Trabajo como contador indepen-
diente. Uno de mis clientes es
una persona física que percibe
ingresos por el arrendamien-
to de diversos inmuebles. En
diciembre pasado esta persona
adquirió de contado un paquete
de servicios funerarios a futuro
para sus padres y obtuvo el CFDI
correspondiente. Al respecto,
me preguntó si procede para la
declaración anual de 2019 la de-
ducción del paquete de servicios,
pues debido a que no los utilizó
en ese año, leyó en un boletín
informativo que en estos casos la
deducción se deberá hacer hasta
que se utilicen los mismos. Tengo
duda al respecto.
Lector de Cuernavaca, Morelos
¿Procede la deducción personal de
un paquete de servicios funerarios a
futuro en la declaración del ejercicio
2019?
De las disposiciones citadas, desta-
ca lo siguiente:
1. Las personas físicas residen-
tes en el país, para calcular su
impuesto anual, podrán hacer,
además de las deducciones
autorizadas en la ley que les
correspondan, la deducción
personal de los gastos de
funerales en la parte en que no
excedan de la unidad de medida
y actualización elevada al año,
efectuados para las personas
señaladas en la fracción I del
artículo 151 de la Ley del ISR.
2. Sin embargo, en los casos de
erogaciones para cubrir fune-
rales a futuro, serán deducibles
hasta el año de calendario en
que se utilicen los servicios fune-
rarios respectivos.
En consecuencia, en este caso, no
procede la deducción personal de
un paquete de servicios funerarios a
futuro en la declaración del ejercicio
2019, ya que no fueron utilizados en
ese año.
¿Las personas físicas que
reciben ingresos por salarios
pueden deducir en la declara-
ción anual del ISR los intere-
ses moratorios pagados por
un préstamo hipotecario de
casa-habitación?
Soy contador independiente. En
días pasados, una persona física
que percibe ingresos por salarios
superiores a $400,000 me solicitó
que le presentara la declaración
anual del ISR del ejercicio de
2019. Entre los comprobantes de
las deducciones personales que
me entregó, hay uno que com-
prueba los intereses reales por
un crédito hipotecario que tiene
contratado con una institución
No, por lo siguiente:
El artículo 151 de la Ley del ISR dis-
pone lo siguiente (énfasis añadido):
151. Las personas físicas resi-
dentes en el país que obtengan
ingresos de los señalados en este
Título, para calcular su impuesto
anual, podrán hacer, además de
las deducciones autorizadas en
cada Capítulo de esta Ley que
les correspondan, las siguientes
deducciones personales:
I. Los pagos por honorarios
médicos, dentales y por servi-
FISCAL
Consultas de nuestros lectores
A61
1a. quincena
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Taller fiscal 893- 3a parte.indd 61Taller fiscal 893- 3a parte.indd 61 18/03/20 14:1318/03/20 14:13

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