La persecución de los delitos cibernéticos

AutorCarlos Antonio Vázquez Azuara
Cargo del AutorLicenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias de la Comunicación, Doctor en Derecho Público
Páginas173-207
Dr. Carlos Antonio Vázquez Azuara
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CAPÍTULO 3
LA PERSECUCIÓN DE LOS
DELITOS CIBERNÉTICOS
Combate a la Delincuencia Cibernética
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Dr. Carlos Antonio Vázquez Azuara
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3.1. Generalidades.
Actualmente, el derecho a una administración de justicia
pronta y expedita, se encuentra contemplado como un
derecho humano113, dentro de nuestra Carta Magna, en su
numeral 17, lo cual permite que los ciudadanos podamos
acudir ante las autoridades encargadas de tal función para
poner de su conocimiento hechos que consideramos pueden
ser constitutivos de un delito en agravio de nuestra persona o
de persona distinta según sea el caso y esperar que mediante
las Fiscalías114, ya sean, la General de la República para
delitos federales, o las Generales de Justicia de los Estados
para delitos del fuero común, sean resueltos dichos delitos o
de ser posible, se llegue a la verdad histórica de los hechos,
sin embargo, a lo largo de la presente obra, se verá que estos
postulados de prontitud y expedites, se encuentran muy bien
plasmados en el papel, pero desafortunadamente no tienen
113 El reconocimiento formal de los Derechos Humanos en la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, se dio a conocer mediante lo publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, en el siguiente: DECRETO
por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma
diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
“TÍTULO PRIMERO, CAPÍTULO I, De los Derechos Humanos y sus Garantías”
114 En 2018 la Procuraduría General de la República (PGR) se transformará en
Fiscalía General d e la República a fin de que la justicia deje de ser tarea de una
dependencia de gobierno y se convierta en facultad de un órgano autónomo, de
acusación y de la investigación del delito. Algunos Estados como Veracruz, ya
cuentan co n el cambio vigente, donde la Fisca lía General del Estado, ya es un
organismo autónomo.

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