Pasaporte, ¿sabe cómo obtenerlo?

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Introducción

El artículo 3o. de la Ley de Nacionalidad clasifica al pasaporte como un instrumento probatorio de la nacionalidad mexicana; así, para viajar al extranjero es necesario contar con pasaporte vigente; en determinados países como Estados Unidos se requiere además tramitar una visa.

Comentamos los lineamientos aplicables en la obtención del pasaporte.

Qué es el pasaporte

De acuerdo con el artículo 2o., fracción V, del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje (Reglamento), el pasaporte es el documento de viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) expide a los mexicanos para acreditar su nacionalidad e identidad y solicitar a las autoridades extranjeras que les permitan el libre paso, les proporcionen ayuda y protección y, en su caso, les dispensen las cortesías e inmunidades que correspondan al cargo o representación del titular del mismo.

Existen tres clases de pasaportes:

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Pasaporte ordinario

El pasaporte ordinario se proporciona a los ciudadanos siguientes:

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Enseguida, mencionamos los requisitos para obtener el pasaporte en el caso de mayores y menores de edad.

Mayores de edad

El pasaporte ordinario se expide a las personas mayores de 18 años; para obtenerlo se deberá cumplir lo siguiente:

1. Acudir a cualquier delegación de la SRE u oficina de enlace estatal o municipal con la SRE, con cita previa. Para programar la cita se deberá llamar al número 01800 8010 773.

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2. La solicitud de pasaporte será generada por la delegación u oficina de enlace con la SRE durante el proceso del trámite.

3. Se acreditará la nacionalidad mexicana mediante la entrega de alguno de los siguientes documentos:

a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano.

b) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares.

c) Original del certificado de nacionalidad mexicana.

d) Original de la declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.

e) Original de la carta de naturalización.

f) Original del certificado de matrícula consular de alta seguridad.

4. Se acreditará la identidad con la presentación en original de uno de los siguientes documentos oficiales con fotografía y firma del titular, y cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad:

a) Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral (IFE) o el Instituto Nacional Electoral (INE).

b) Cédula profesional.

c) Título profesional.

d) Carta de pasante.

e) Cartilla de identidad del Servicio Militar Nacional liberada.

f) Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM).

g) Credencial nacional para personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).

h) Certificado de matrícula consular de alta seguridad.

i) Carta de naturalización.

j) Certificado de nacionalidad mexicana.

k) Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.

l) Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social.

m) Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social.

n) Comprobante del pago de derechos.

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Menores de edad

Para la obtención del pasaporte de menores de edad se deberá llevar a cabo lo siguiente:

1. La persona menor de edad acudirá a cualquier delegación de la SRE u oficina de enlace estatal o municipal con la SRE, con cita previa. Para programar la cita se deberá llamar al número 01800 8010 773.

2. La solicitud de pasaporte será generada por la delegación u oficina de enlace con la SRE durante el proceso del trámite.

3. Se acreditará la nacionalidad mexicana mediante la entrega de alguno de los siguientes documentos, en original:

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El acta de nacimiento no deberá ser extemporánea (debió ser tramitada dentro del primer año de vida); si rebasa la temporalidad deberá entregarse la documentación complementaria que al efecto establezca la SRE.

4. Acreditar identidad con la presentación en original de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, y cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que se esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a) Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública.

b) Constancia del grado de estudios que esté cursando.

c) Credencial escolar vigente.

d) Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social.

e) Cédula de identidad personal.

f) Certificado de matrícula consular de alta seguridad.

g) Carta de naturalización.

h) Credencial nacional para personas con discapacidad.

i) Exclusivamente para personas menores de siete años: a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas, se podrá entregar constancia del médico familiar que atendió el parto o del pediatra, en hoja membretada que contenga el número de la cédula profesional, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente y agregar copia simple y legible de su cédula profesional. La constancia deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.

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5. Comparecencia de los padres, o de quienes ejerzan patria potestad o tutela; se presentará original de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con...

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