¿Cómo paga el IMSS las incapacidades enlace expedidas a las trabajadoras cuando la fecha de parto excede los 42 días amparados por la incapacidad prenatal?

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Laboro como auxiliar contable en una cadena de restaurantes. Hace aproximadamente dos meses el IMSS expidió a una de nuestras trabajadoras que está embarazada una incapacidad prenatal por 42 días, con objeto de esperar el nacimiento de su bebé; sin embargo, al concluir la incapacidad prenatal la trabaja-dora nos informó que su parto se había retrasado; por este motivo el instituto le había expedido una incapacidad enlace para amparar los días excedentes que transcurrieran hasta la fecha de parto. Al respecto, en días pasados la trabajadora se comunicó con nosotros para comentarnos que había acudido al banco a cobrar su incapacidad enlace, pero al verificar el importe que le pagó el instituto por su incapacidad se percató de que no se le pagó el subsidio al 100% de su salario. Ignoro cómo paga el IMSS las incapacidades enlace.

Lector de Morelia, Michoacán

Pregunta

¿Cómo paga el IMSS las incapacidades enlace expedidas a las trabajadoras cuando la fecha de parto excede los 42 días amparados por la incapacidad prenatal?

Respuesta

Se pagan al 60%, por lo siguiente:

El artículo 101 de la LSS dispone lo siguiente (énfasis añadido):

101. La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al cien por ciento del último salario diario de cotización el que recibirá durante cuarenta y dos días anteriores al parto y cuarenta y dos días posteriores al mismo.

En los casos en que la fecha fijada por los médicos del Instituto no concuerde exactamente con la del parto, deberán cubrirse a la asegurada los subsidios correspondientes por cuarenta y dos días posteriores al mismo, sin importar que el periodo anterior al parto se haya excedido. Los días en que se haya...

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