¿Es obligatoria la inscripción al Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) para las empresas?

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Soy contador de una empresa de servicios turísticos. En días pasados visitó nuestro establecimiento personal autorizado de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México (Canaco) para que nos inscribiéramos al SIEM, aludiendo que dicho registro es obligatorio.

Tengo entendido que ese registro es opcional, y por ello no acepté la invitación referida; sin embargo, tengo duda de lo anterior.

Lector de México, DF

" Pregunta

¿Es obligatoria la inscripción al SIEM para las empresas?

Respuesta

Sí es obligatoria la inscripción para las empresas al SIEM, de acuerdo con lo siguiente:

1. El artículo 30 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones (LCEC) dispone que todos los comerciantes e industriales, sin excepción, deberán registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM.

2. Para tal efecto, se entenderá por comerciantes a las personas físicas y morales con actividades empresariales que realicen actos de comercio, servicios y turismo que se encuentren establecidos y sujetos a un régimen fiscal, y por industriales a las personas físicas y morales con actividades empresariales que lleven a cabo actividades industriales, extractivas y de transformación y cuyos servicios se encuentren establecidos y sujetos a un régimen fiscal (artículo 2o., fracciones III y IV, de la LCEC).

3. En términos del artículo 40 de la LCEC, la SE...

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