Obligaciones de los Trabajadores

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas446-447
ARTÍCULO 18

Obligaciones de los trabajadores

Son obligaciones de los trabajadores:

Observar las medidas preventivas de seguridad e higiene

I. Observar las medidas preventivas de seguridad e higiene que establece este Reglamento, las Normas expedidas por las autoridades competentes y del reglamento interior del trabajo de las empresas, así como las que indiquen los patrones para la prevención de riesgos de trabajo;

Participar en las Comisiones de Seguridad e Higiene

II. Designar a sus representantes y participar en la integración y funcionamiento de la comisión de seguridad e higiene del centro de trabajo en que presten sus servicios, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley, este Reglamento y la Norma correspondiente;

Avisar al patrón sobre condiciones inseguras

III. Dar aviso inmediato al patrón y a la comisión de seguridad e higiene de la empresa o establecimiento en que presten sus servicios, sobre las condiciones o actos inseguros que observen y de los accidentes de trabajo que ocurran en el interior del centro de trabajo, colaborando en la investigación de los mismos;

Participar en cursos de prevención de riesgos

IV. Participar en los cursos de capacitación y adiestramiento que en materia de prevención de riesgos y atención de emergencias, sean impartidos por el patrón o por las personas que éste designe;

Conducirse adecuadamente para evitar riesgos

V. Conducirse...

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