De las Obligaciones a Plazo

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas261-262

ARTÍCULO 1953.

Concepto de obligación a plazo

Es obligación a plazo aquella para cuyo cumplimiento se ha señalado un día cierto.

ARTÍCULO 1954.

Concepto de día cierto

Entiéndase por día cierto aquél que necesariamente ha de llegar.

ARTÍCULO 1955.

Obligación que se convertirá en condicional

Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el día, la obligación será condicional y se regirá por las reglas que contiene el capítulo que precede.

ARTÍCULO 1956.

Disposiciones aplicables para el cómputo del plazo

El plazo en las obligaciones se contará de la manera prevenida en los artículos del 1176 al 1180.

Prohibición de repetir pago anticipado;ARTÍCULO 1957.

derecho del pagador si ignora plazo

Lo que se hubiere pagado anticipadamente no puede repetirse.

Si el que paga ignoraba, cuando lo hizo, la existencia del plazo, tendrá derecho a reclamar del acreedor los intereses o los frutos que éste hubiese percibido de la cosa.

ARTÍCULO 1958.

Presunción del establecimiento del plazo en favor del deudor

El plazo se presume establecido en favor del deudor, a menos que resulte, de la estipulación o de las circunstancias, que ha sido establecido en favor del acreedor o de las dos partes.

ARTÍCULO 1959.

Supuesto por los que el deudor perderá derecho a utilizar el plazo

Perderá el deudor todo derecho a utilizar el plazo:

I. Cuando después de...

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