Nueva Gobernanza en el Sector Público y Control Interno

AutorDr. Alejandro Romero Gudiño
CargoDoctor en Derecho y Titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la ASF en la Cámara de Diputados, LXII Legislatura
Páginas30-37

Page 30

El control interno es una herramienta con amplios beneficios para la administración pública. Las tendencias actuales en la dinámica política, la complejidad social e institucional, así como los crecientes reclamos en favor de gobiernos con mayor capacidad de satisfacer las necesidades sociales aprovechando eficazmente los recursos a su disposición, impulsan el desarrollo del paradigma de gobernanza. Bajo esta idea se considera que tienen que incorporarse diferentes actores para concertar sus potenciales capacidades y propiciar una acción complementaria para alcanzar objetivos de interés público.

En este contexto, el gobierno adquiere un significado diferente y su ejercicio se hace más complejo, con mayores incertidumbres y riesgos. Si en una época se entendió el Control Interno (ci) como una herramienta de conservación, ahora bajo el paradigma de gobernanza tiene que ser visto como un instrumento de control y dinamismo, de orden en un contexto de cambios e incertidumbre. El presente artículo expone cómo han sido implementadas las dimensiones del estándar internacional de ci en el sector público federal (modelo Coso), qué situación ha documentado la Auditoría Superior de la Federación (asf) y qué áreas de oportunidad se conocen en los órganos de nivel federal en los 3 poderes de la Unión y aquellos que gozan de autonomía constitucional. La premisa que orienta esta exposición es que los avances logrados en la materia no agotan las oportunidades para perfeccionar el sistema, ampliar sus alcances, mejorar sus resultados y aportar a la transformación de la administración pública de nuestro país.

Las Normas de Control Interno a Nivel Nacional e Internacional

La normativa del ci se basa en el Acuerdo por el que se establecen las normas generales de control interno en el ámbito de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación (dof) el 27 de septiembre de 2006 y modificado el 12 de mayo de 2008. En él, se define como, "El conjunto de medios, mecanismos o procedimientos implementados por los titulares de las dependencias y entidades, y de la Procuraduría General de la República, así como por los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias, con el propósito de conducir las actividades correspondientes hacia el logro de los objetivos y metas institucionales; obtener información confiable y oportuna, y cumplir con el marco jurídico aplicable a las mismas.

  1. Promover la eficacia, eficiencia y economía de las operaciones, programas y proyectos;

  2. Medir la eficacia en el cumplimiento de los objetivos institucionales, prevenir desviaciones en la consecución de los mismos, y promover que la obtención y aplicación de los recursos se realice con criterios de eficiencia, economía y transparencia;

  3. Obtener información financiera, presupuestal y de operación, veraz, confiable y oportuna;

  4. Propiciar el cumplimiento del marco legal y normativo aplicable a las dependencias, entidades y ala Procuraduría, con el fin de que las decisiones, funciones y actividades se lleven a cabo conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas correspondientes, y

  5. Salvaguardar, preservar y mantener los recursos públicos en condiciones de integridad, transparencia y disponibilidad para los fines a que están destinados."

    Page 31

    En estos objetivos, se descubren 3 núcleos principales del ci en la administración pública:

    1. El que toca al aprovechamiento de los recursos

    2. Las características formales del desempeño orga-nizacional

    3. El cumplimiento de los objetivos institucionales

    El Acuerdo en comento sigue las normas internacional-mente aceptadas mediante el Marco Coso, es decir, del Committee ofSponsoring Organizations ofthe Treadway Commission (Coso). Su historia se remonta a la reforma a la ley de prácticas corruptas en el extranjero de 1977 (Foreign Corrupt Practices Act, fcpa) impulsada por la Securities andExchange Commission (sec) y el Congreso de los Estados Unidos. En el sector privado se constituyó la Treadway Commission en 1985 con el fin de inspeccionar, analizar y recomendar lo correspondiente al reporte financiero de las prácticas corporativas fraudulentas.

    La Comisión estudió los reportes corporativos de los años 1985 a 1987 y elaboró un informe que sirvió de base a la redacción del marco integrado del ci, que vio la luz en septiembre de 1992. El éxito del mismo ha sido resonante, como demuestra un estudio del año 2006, en el cual se encontró que el 82% de las firmas usan el marco Coso; mismo que tuvo una importante actualización en 2013. Complementariamente, el año 2002 Coso publicó el Marco para el Manejo de Riesgos Empresariales (erm). El Marco Coso comprende las siguientes dimensiones (en números romanos), que no sufrieron cambios tras la actualización del año 2013 y que tampoco han alterado la estructura del Acuerdo referido:

  6. Ambiente de control

  7. Evaluación de riesgos

  8. Actividades de control

  9. Información y comunicación

  10. Monitoreo o supervisión

    El enfoque tradicional del control queda atrás y se adquiere una nueva connotación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR