Que ninguna de las tres simples formas de gobierno es admisible

AutorManuel Eduardo De Gorostiza
Páginas77-78
X. QUE NINGUNA DE LAS TRES SIMPLES
FORMAS DE GOBIERNO ES ADMISIBLE
H
EMOS
demostrado en los precedentes capítulos:
Primero: Que sin propiedad individual la comunidad no
tiene objeto.
Segundo: Que tampoco tiene existencia.
Tercero: Que el trabajo es el medio de conseguir pro-
piedad.
Cuarto: Que la protección de la propiedad es el f‌in que
se propone todo gobierno.
Quinto: Que sin gobierno no hay comunidad.
Y sexto: Que no es gobierno el que no procura a cada
uno de los gobernados la mayor cantidad posible de traba-
jo, y el que no le garantiza el fruto de este trabajo en la ma-
yor cantidad posible.
También hemos visto:
Primero: Que una comunidad gobernándose por sí mis-
ma no puede tener interés parcial en perjuicio del interés de
todos.
Segundo: Que a pesar de esto no puede gobernarse por
sí misma, porque para ello tiene que dejar de trabajar, y
porque si deja de trabajar resultará que su propiedad dismi-
nuirá gradualmente, creciendo a proporción las dif‌icultades
de su existencia.
Y tercero: Que cuando los poderes del gobierno existen
en otras manos que en las de la comunidad, ya sea en las de
un individuo solo, ya sea en las de varios individuos, se
debe y puede presumir que estas personas emplearán algu-
na vez aquellos poderes en su propio benef‌icio y en sentido
contrario a los intereses generales.
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