NIF D-1, ingresos por contratos con clientes

AutorHéctor Bautista
CargoSocio/Partner Salles, Sainz - Grant Thornton, S.C.
Páginas42-45
MISCELÁNEA
42
El punto de partid a para cada compañía en la apl icación
de esta nueva NIF debe ser l as “fuentes de ingresos” que
presenta la entidad informante, que puede ser una en-
tidad única o g rupo(s) de compañías que la con formen.
Para cada fuente de ingreso se sugiere rev isar, actuali-
zar y/o documentar el proceso de operac ión, las prácti-
cas de ventas, pla zos de crédito, descuentos otorgados,
controles internos, los contratos existentes, el patrón
de transferencia del control al cliente y si los si stemas
utilizados p ara la generación de la infor mación contable
cuentan con los elementos necesarios para llev ar una
adecuada cu antificación y revelación .
Algunos ejemplos de fuente de ingresos son venta de
mercancía, prest ación de servicios, fabr icación de activos
de larga duración, d esarrollos de sistem as, mantenimien-
to, desarrollos de sof tware, etc. La identif icación de todas
las fuentes de ing reso es necesaria, pero se sug iere consi-
derar part icularmente aquella s que son materiales.
Paso 1. Identi ficar el contrato (o contrato s) con el cliente
En la identificac ión del contrato en muchas industrias
estarán representados por contratos por escrito, tal
como en la industria de la construcción, o empresas de
software en el desarrollo de sistemas, pero también se
tendrán órdenes de compra, tic kets de compra de tien-
das minoristas, boletos de traslado terrestre o aéreo
de personas u objetos, grabaciones de llamadas por la
adquisición de productos o ser vicios solicitados, con-
firmaciones vía correo de los productos o servicios ad-
quiridos en lí nea, por lo tanto, el contrato puede estar
representado de diversa s formas, lo importante en este
punto será el identific ar el momento en que se cumplen
los requisitos que establece l a NIF D-1, en su párrafo 41,
el cual menciona que estarán dentro del alcance aque-
llos contratos con clientes que: a) hay an sido aprobados,
b) se identifiquen los derechos de cad a una de las partes,
c) los términos de pago sea n establecidos, d) que exista
sustancia comerc ial y e) el cobro sea probable.
Héctor Bautista
Socio/Part ner Salles, Sainz – Grant T hornton, S.C.
hector.bautista@mx.gt.com
La aplicación de la s Normas de Informac ión NIF D-1, In-
gresos por contratos con c lientes y D-2, Costos por contratos
por clientes, aplicable a par tir del 1 de enero de 2018 re-
quiere de un aná lisis a profundidad para tod as las com-
pañías. Me parece que, para muchas de esta s en el sec-
tor manufactu rero, comercial y de ser vicios, el impacto
deberá ser en su mayorí a de efecto en el balance, en un
grado menor en el estado de resu ltados y una afectación
inmateria l en el renglón de utilidades acu muladas.
En otras industr ias, como las de construcción y elab ora-
ción de activos de larga duración, el efecto resu ltante de
la evaluac ión no debería originar ca mbios significativos,
con la NIF D-7; sin embargo, compañías en el sector de
comunicación, entreten imiento y software, podrí an pre-
sentar cambios sig nificativos en los estados f inancieros y
en cada uno de los cinco pa sos que estable la NIF.
Pues bien, como no hay plazo que no se c umpla y fecha
que no se llegue, la ev aluación, aplicación, efecto y re ve-
lación a esta fech a debiera estar concluida, por lo tanto,
me parece importa nte realizar comentarios que seg ura-
mente debieron considerarse en el proceso d e adopción
de esta NIF. Por ejemplo, es importante mencion ar que
durante el proceso de implementac ión encontraremos
errores en la determ inación de los ingresos, los cuales
en muchas ocasiones se or iginan por práctica s de regis-
tro las cua les difieren de la normativ idad aplicable has-
ta el 31 de diciembre de 2017 y que, en su caso, si fue ran
materiales, deberán ajustarse de m anera retrospect iva
como un error contable, y no como un ajuste der ivado la
aplicación de la nueva nor matividad contable.
En mi experiencia he encontrado en mucha s ocasiones
que las provisiones por descuentos, ya sea por pronto
pago, rebates o de cualquier ot ro tipo son reconocidas
hasta la emisión de la nota de crédito, en vez de de-
terminar la provisión correspondiente, considerando
información financiera de per iodos anteriores y/o ten-
dencias futu ras.

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