Muebles; mobiliario medicoquirurgico; articulos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y articulos similares; construcciones prefabricadas
Autor | Jesús Bernardo Gutiérrez Delgado |
Páginas | 512-515 |
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Notas.
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Este Capítulo no comprende:
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los colchones, almohadas y cojines, neumáticos o de agua, de los Capítulos 39, 40 ó 63;
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los espejos que se apoyen en el suelo (por ejemplo, espejos de vestir móviles) (partida 70.09);
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los artículos del Capítulo 71;
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las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39) ni las cajas de caudales de la partida 83.03;
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los muebles, incluso sin equipar, que constituyan partes específicas de aparatos para la producción de frío de la partida 84.18; los muebles especialmente concebidos para máquinas de coser, de la partida 84.52;
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los aparatos de alumbrado del Capítulo 85;
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los muebles que constituyan partes específicas de aparatos de las partidas 85.18 (partida 85.18), 85.19 u 85.21 (partida 85.22) o de las partidas 85.25 a 85.28 (partida 85.29);
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los artículos de la partida 87.14; ij) los sillones de dentista con aparatos de odontología incorporados de la partida 90.18, ni las escupideras para clínica dental (partida 90.18); k) los artículos del Capítulo 91 (por ejemplo: cajas y envolturas similares para aparatos de relojería); I) los muebles y aparatos de alumbrado que presenten el carácter de juguete (partida 95.03), billares de cualquier clase y muebles de juegos de la partida 95.04, así como las mesas para juegos de prestidigitación y artículos de decoración (excepto las guirnaldas eléctricas), tales como farolillos y faroles venecianos (partida
95.05).
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Los artículos (excepto las partes) de las partidas 94.01 a 94.03 deben estar concebidos para colocarlos sobre el suelo.
Sin embargo, se clasifican en estas partidas, aunque estén concebidos para colgar, fijar en la pared o colocarlos uno sobre otro:
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los armarios, bibliotecas, estanterías (incluidas las constituidas por un sólo estante o anaquel, que se presenten con los soportes necesarios para fijarlo a la pared) y muebles modulares (por elementos),
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los asientos y camas.
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A) Cuando se presenten aisladamente, no se consideran partes de los artículos de las partidas 94.01 a 94.03, las hojas, placas o losas, de vidrio (incluidos los espejos), mármol, piedra o cualquier otra materia de los Capítulos 68 ó 69, incluso cortadas en formas determinadas, pero sin combinar con otros elementos.
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Cuando se presenten aisladamente, los artículos de la partida 94.04 se...
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