Modificaciones a la LFT en materia de personas desaparecidas

Páginas7-8

Page 7

El pasado 22 de junio, la Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el DOF, el " Decreto por el que se expide la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, y se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley Agraria", el cual entró en vigor el 23 de junio de 2018.

Mediante el decreto se efectuaron diversas modificaciones a la LFT en los siguientes artículos:

1. Artículo 474: se modifica el primer párrafo, el cual define como accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.

2. Artículo 500: se modifica el primer párrafo, el cual otorga indemnización al trabajador que haya sufrido un riesgo de trabajo que traiga como consecuencia la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial.

3. Artículos 501, 502 y 503, en materia de indemnización al trabajador derivada de un riesgo de trabajo que traiga como consecuencia la muerte o desaparición derivada de un acto delincuencial.

4. Artículo 132: se adiciona la fracción XXIX, la cual otorga permiso sin goce de sueldo a los trabajadores declarados desaparecidos que cuenten con declaración especial de ausencia, en los términos de lo establecido en la legislación especial en la materia.

5. Artículo 133: se adiciona la fracción XVI, la cual prohíbe al patrón o a sus representantes dar de baja o terminar la relación laboral de un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR