Ley del Seguro Social. VII-CASR-2OC-5

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REVIS TA DE L TR IBUN AL F EDERAL D E JU STIC IA F ISCAL Y A DMINIST RATI VA
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6166/12-07-02-7.-
Resuelto por la Segunda Sala Regional de Occidente del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 8 de
agosto de 2013.- Sentencia: por unanimidad de votos.- Tesis:
por mayoría de votos.- Magistrado Instructor: Alfredo Ureña
Heredia.- Secretaria: Lic. Yazmín Rodríguez Aguilar.
LEY DEL SEGURO SOCIAL
VII-CASR-2OC-5
CUOTAS OBRERO PATRONALES. EL REQUISITO DE
SUBORDINACIÓN PREVISTO POR EL ARTÍCULO 12 DE
LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, ES INDISPENSABLE
PARA DETERMINARLAS, ENTRE UNA SOCIEDAD Y
OTRA.- El hecho de que dos o más sociedades compartan
el mismo domicilio scal y que alguna carezca de registro
patronal, no acredita que entre ambas sociedades exista una
relación de subordinación, requisito sine qua non para deter-
minar obligaciones obrero patronales a cargo de alguna de
ellas, en términos del artículo 12 de la Ley del Seguro Social,
que establece que son sujetos del aseguramiento del régimen
obligatorio, las personas que de conformidad con los artícu-
los 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma
permanente o eventual un servicio remunerado, personal y
subordinado, cuyo elemento distintivo es que el primero se
encuentra en posibilidad de disponer, en todo momento, del
trabajo del segundo, según convenga a sus propios fi nes, y
este a su vez tiene la obligación correlativa de acatar las ór-
denes de aquel, a cambio de una remuneración económica.

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