Ley del Impuesto sobre la Renta. VIII-P-1aS-104

Páginas713-715
PRECEDENTE 713
REVISTA NÚM. 7, FEBRERO 2017
REITERACIÓN QUE SE PUBLICA:
VIII-P-1aS-103
Cumplimiento de Ejecutoria dictado en el Juicio Contencio-
so Administrativo Núm. 14/25287-20-01-02-02-OT/940/15-
S1-04-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala
Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en
sesión de 19 de enero de 2017, por unanimidad de 5 votos
a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Anzures Uribe.- Secre-
taria: Lic. Elva Marcela Vivar Rodríguez.
(Tesis aprobada en sesión de 19 de enero de 2017)
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
VIII-P-1aS-104
DEDUCCIONES DE PAGOS REALIZADOS POR TERCE-
ROS A CUENTA DE LOS CONTRIBUYENTES. PROCE-
DENCIA DE LAS.- El artículo 31 fracción III, de la Ley del
Impuesto sobre la Renta, prevé que cuando el monto que
pretenda deducirse exceda de $2,000.00, los pagos deben
efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente
para abono en cuenta del beneciario, tarjeta de crédito, -
bito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos
autorizados por el Servicio de Administración Tributaria o de
traspasos de cuentas, y que los pagos en cheque pueden
hacerse a través de traspasos de cuentas en instituciones
de crédito o casas de bolsa. Por su parte, el artículo 35 del

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR